No. 447/2023
Ciudad de México, a 30 de noviembre de 2023
INVALIDA LA CORTE LA LEY DE SALUD MENTAL Y EDUCACIÓN EMOCIONAL PARA EL ESTADO DE JALISCO
• Se omitió realizar la consulta previa a las personas con discapacidad
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó la Ley de Salud Mental y Educación Emocional para el Estado de Jalisco, publicada el 12 de noviembre de 2022, mediante Decreto 28849/LXIII/22.
Lo anterior, al determinar que afectaba directamente los intereses y derechos de las personas con discapacidad, al estar referida, entre otros aspectos, a la salud mental de las personas en situación vulnerable, por lo que, de conformidad con los artículos 1º de la Constitución Federal y 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, existía la obligación de consultarles de forma previa, cuestión que no se llevó a cabo.
La Corte estableció que la declaratoria de invalidez surtirá sus efectos a los doce meses siguientes a que se notifiquen los puntos resolutivos de la sentencia al Congreso local. Además, vinculó a dicho órgano legislativo para que, dentro de ese mismo periodo, lleve a cabo la consulta respectiva.
Acción de inconstitucionalidad 164/2022, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de la Ley de Salud Mental y Educación Emocional para el Estado de Jalisco, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad de 12 de noviembre de 2022, mediante Decreto 28849/LXIII/22. Ponente: Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Secretaria: Irlanda Denisse Ávalos Núñez.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.