No. 443/2023
Ciudad de México, a 29 de noviembre de 2023
PARA QUE PROCEDA EL JUICIO EN EL QUE SE RECLAME EL OTORGAMIENTO DE UNA PENSIÓN POR RIESGOS DE TRABAJO, EL TRABAJADOR DEBE APORTAR CONSTANCIA DEL IMSS DE OTORGAMIENTO O NEGATIVA DE PENSIÓN
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, para que proceda el juicio donde se reclama el otorgamiento de una pensión por riesgos de trabajo, la persona trabajadora debe aportar la constancia en la que el Instituto Mexicano del Seguro Social le haya otorgado o negado la pensión o, en su caso, la solicitud respectiva.
Se explicó que la constancia permite a la autoridad laboral determinar la materia de la controversia, puesto que corresponde al IMSS exponer las causas y consecuencias del riesgo de trabajo, así como realizar la evaluación y calificación del grado de incapacidad con el objetivo de determinar si otorga o niega la pensión al asegurado.
Por lo anterior, la constancia constituye un presupuesto procesal necesario para la procedencia del juicio, y permite a la autoridad alcanzar una solución eficaz a los conflictos individuales en materia de seguridad social.
Contradicción de criterios 119/2023. Ponente: Ministro Alberto Pérez Dayán. Resuelta en sesión de 29 de noviembre de 2023 por unanimidad de votos.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.