Comunicados de Prensa
No.359/2023
Ciudad de México, a 11 de octubre de 2023
FACULTAD DEL TRIBUNAL LABORAL PARA DESIGNAR A PERITOS OFICIALES PARA EL DESAHOGO DE LAS PRUEBAS RESPETA DERECHOS AL DEBIDO PROCESO Y DE AUDIENCIA
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación señaló que la facultad del tribunal para designar a uno o varios peritos oficiales para el desahogo de las pruebas en un juicio laboral respeta los derechos al debido proceso y de audiencia.
Con la reforma de 2017, en el juicio laboral, el peso de la prueba recae en el perito oficial; sin embargo, esto no impide que la partes puedan presentar otro tipo de pruebas o que sean acompañadas por un experto o especialista que, con el carácter de asesor, los auxilie a cuestionar u objetar el dictamen pericial. En caso de que el trabajador no pueda pagar al asesor, puede solicitar uno a la Defensoría Pública o a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Además, el tribunal laboral goza de libertad para valorar las pruebas periciales ofrecidas. Por lo tanto, no tiene que ceñirse de forma obligada a lo presentado por el perito oficial en su dictamen, pues la Ley Federal del Trabajo lo faculta para designar a los peritos que estime necesarios para desahogar la prueba.
Amparo directo en revisión 2366/2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelto en sesión de 11 de octubre de 2023 por unanimidad de 5 votos.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.
Con la reforma de 2017, en el juicio laboral, el peso de la prueba recae en el perito oficial; sin embargo, esto no impide que la partes puedan presentar otro tipo de pruebas o que sean acompañadas por un experto o especialista que, con el carácter de asesor, los auxilie a cuestionar u objetar el dictamen pericial. En caso de que el trabajador no pueda pagar al asesor, puede solicitar uno a la Defensoría Pública o a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Además, el tribunal laboral goza de libertad para valorar las pruebas periciales ofrecidas. Por lo tanto, no tiene que ceñirse de forma obligada a lo presentado por el perito oficial en su dictamen, pues la Ley Federal del Trabajo lo faculta para designar a los peritos que estime necesarios para desahogar la prueba.
Amparo directo en revisión 2366/2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Resuelto en sesión de 11 de octubre de 2023 por unanimidad de 5 votos.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.