Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 310/2023

Ciudad de México, a 05 de septiembre de 2023

DAR A CONOCER LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON LA AUTORIZACIÓN PARA EL USO DE EMERGENCIA DE LAS VACUNAS CONTRA EL VIRUS DEL SARS-COV-2, NO AFECTA LA SEGURIDAD NACIONAL

• Dicha información deberá ser entregada en una versión pública, en la que se reservarán las condiciones esenciales de contratación

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es parcialmente fundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución del 13 de octubre de 2021, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), al resolver a su vez un recurso de revisión, en el cual instruyó a la Secretaría de Salud a entregar la información concerniente a:

a) las solicitudes presentadas para la autorización de uso de emergencia de las vacunas para COVID-19 desde octubre de 2020 al 25 de febrero de 2021; y

b) las autorizaciones otorgadas para su uso y aplicación, desde octubre de 2020 al 25 de febrero de 2021, que muestren la temporalidad de dicha autorización.

La Corte determinó que el difundir información relacionada con el procedimiento para la autorización de uso de emergencia de las vacunas, lejos de causar una afectación a la seguridad nacional, contribuye a consolidar ejercicios democráticos en la ciudadanía, genera confianza en la población que va a ser inmunizada y, entre otras cosas, permite conocer la eficacia de los procesos de autorización para las vacunas.

No obstante, el Pleno modificó la resolución del INAI para establecer que dicha información deberá ser entregada en una versión pública, en la que se reservarán las condiciones esenciales de contratación, que se resumen en: precios, costos, detalles y calidad del producto, entregas, garantías, pedidos, facturación, pagos, consecuencias de incumplimiento, propiedad intelectual y responsabilidad, así como los datos personales y lo vinculado con el secreto comercial de los laboratorios.

Recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública 24/2021, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución de 13 de octubre de 2021, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en el recurso de revisión RRA 9709/21. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Alejandro Castañón Ramírez.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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