No. 306/2023
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2023
LA DIVULGACIÓN DEL NÚMERO DE DOSIS DE VACUNAS CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2 QUE HAYAN CADUCADO, NO PONE EN RIESGO LA SEGURIDAD NACIONAL
• Además, ello no genera un incumplimiento de las condiciones confidenciales de los contratos celebrados para la adquisición de las vacunas
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es infundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución del 29 de junio de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), al resolver a su vez un recurso de revisión, donde instruyó a la Secretaría de Salud a entregar la información concerniente al número de dosis de vacunas contra el virus SARS-COV-2 que hayan caducado antes de ser administradas, junto con los datos del lote y la empresa farmacéutica.
La Corte confirmó la resolución del INAI, al concluir que no se advierte que la divulgación de esa información pueda comprometer la seguridad nacional, obstaculizando el combate a la epidemia del virus SARS-CoV-2; ni generar un incumplimiento de las condiciones confidenciales del contrato y tampoco que su divulgación permita a los grupos de delincuencia organizada conocer la ubicación y destino que se le da a las vacunas no empleadas.
Aunado a ello, el Pleno destacó que las autoridades federales, a través de diversos medios, han dado a conocer información relacionada con los lotes de producción de las vacunas aplicadas, la cantidad de dosis fabricadas y las empresas farmacéuticas responsables del suministro, como se observa en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública 5/2022, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución de 29 de junio de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en el recurso de revisión RRA 4532/22. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Alejandro Castañón Ramírez.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.