No. 304/2023
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2023
EL IMPORTE ECONÓMICO QUE REPRESENTÓ PARA MÉXICO LA DONACIÓN DE VACUNAS CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2, ES INFORMACIÓN RESERVADA, POR MOTIVOS DE SEGURIDAD NACIONAL
• Su difusión podría implicar un riesgo para la seguridad nacional, además de que dicho aspecto fue pactado como confidencial en los convenios celebrados entre México y diversas farmacéuticas
• Por otro lado, la Secretaría de Salud deberá entregar la información no económica, relativa, entre otros conceptos, al número de vacunas donadas y los países beneficiarios
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es parcialmente fundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución del 9 de marzo de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), al resolver a su vez un recurso de revisión, en la cual instruyó a la Secretaría de Salud a entregar la información relativa al importe económico que representó para el Estado Mexicano la donación de vacunas contra el virus SARS-CoV-2, así como los países beneficiados, entre otros aspectos.
La Corte modificó la resolución del INAI, al considerar que lo relativo al importe económico que representó esa donación, es información que constituye un riesgo para la seguridad nacional del país, pues se encuentra estrechamente relacionada con el costo de las vacunas, concepto que, además de estar vinculado con las condiciones esenciales de contratación, fue pactado como confidencial en los convenios celebrados entre México y diversas farmacéuticas.
Por otra parte, el Pleno confirmó la no clasificación de la información hecha por el INAI, respecto a los siguientes conceptos, los que deberán ser entregados por la Secretaría de Salud: a) los países que han solicitado a México la donación de vacunas contra el Covid-19; b) las vacunas que ha donado México a otros países; y c) los países a los que México ha solicitado vacunas donadas para ser aplicadas a los mexicanos.
Recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública 2/2022, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución de 9 de marzo de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en el recurso de revisión RRA 359/22. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Alejandro Castañón Ramírez.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.