Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 225/2023

Ciudad de México, a 26 de junio de 2023

INVALIDA LA CORTE ARTÍCULO DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SONORA RELATIVO A LA DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN QUE FORME PARTE DE UNA INVESTIGACIÓN PENAL

• El precepto era violatorio del derecho humano a la seguridad jurídica, así como del principio de legalidad, en su vertiente de taxatividad

• La Corte estimó adecuada la intención del legislador de proteger a las víctimas, pero la redacción del artículo permitía que cualquier persona, inclusive que no fuera servidora pública, se ubicara en la conducta ahí descrita y que fuera sancionada

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, invalidó el artículo 167 Quater del Código Penal del Estado de Sonora, adicionado mediante Decreto número 40, publicado el 6 de junio de 2022, que sancionaba diversas conductas relacionadas con la difusión de imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos, que se encuentren relacionados con una investigación penal.

El Pleno consideró que el precepto, al identificar al sujeto activo del delito con la expresión “Al que”, lo hacía de manera indeterminada y se dirigía a cualquier persona, por lo que era violatorio del derecho humano a la seguridad jurídica, así como del principio de legalidad, en su vertiente de taxatividad –conforme al cual, las normas deben ser lo suficientemente claras y precisas como para que las comprendan sus destinatarios y se evite la arbitrariedad por parte de la autoridad–, pues si bien se estimó adecuada la intención del legislador de proteger a las víctimas a través de tipos penales que condenen el uso indebido de la información referida, su redacción posibilitaba que cualquier persona, inclusive que no fuera servidora pública, se ubicara en esa conducta y fuera sancionada.

La declaratoria de invalidez, por tratarse de materia penal, surtirá efectos retroactivos al 7 de junio de 2022, fecha en la que el artículo impugnado entró en vigor.

Acción de inconstitucionalidad 95/2022, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez artículo 167 Quater del Código Penal del Estado de Sonora, adicionado mediante Decreto Número 40, publicado en el Boletín Oficial de dicha entidad el 6 de junio de 2022. Ponente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretario: Juan Carlos Salamanca Vázquez.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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