Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 034/2023

Ciudad de México, a 02 de febrero de 2023

SCJN INVALIDA PRECEPTOS DE LA LEGISLACIÓN DE NAYARIT QUE ESTABLECÍAN ESTÍMULOS FISCALES, POR AFECTAR LA LIBERTAD HACENDARIA DEL MUNICIPIO DE TEPIC

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por el Municipio de Tepic, Estado de Nayarit, invalidó el Decreto 47, publicado el 11 de marzo de 2022, por medio del cual se reformó la Ley de Hacienda Municipal para establecer un estímulo fiscal en favor de los adultos mayores de 60 años en el pago del impuesto predial y los derechos por el suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento de agua.

Lo anterior, al determinar que el Congreso del Estado incurrió en una violación directa a lo dispuesto en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución General, el cual dispone, entre otros aspectos, que los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, sin que éstas puedan establecer exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones.

Además, por extensión, el Pleno invalidó la porción del artículo 60, de la Ley de Ingresos para el Municipio de Tepic, donde se preveía el mismo estímulo.

Controversia constitucional 82/2022, promovida por el Municipio de Tepic, Estado de Nayarit, en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del mencionado Estado, demandando la invalidez de los artículos 34 y 61-B de la Ley de Hacienda Municipal de dicho Estado, publicada en el Periódico Oficial de esa entidad de 11 de marzo de 2022, mediante Decreto 47. Ponente: Ministro Alberto Pérez Dayán. Secretario: Jorge Jiménez Jiménez.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


Formulario de consulta Imprimir