Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 428/2022

Ciudad de México, a 23 de noviembre de 2022

SE OTORGA AMPARO A EMPRESA CONTRA PROHIBICIÓN PARA VENDER EN MÁQUINAS EXPENDEDORAS MEDICAMENTOS QUE NO REQUIEREN RECETA MÉDICA

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a una empresa que busca instalar máquinas expendedoras de medicamentos e insumos para la salud que no requieren receta médica y que pueden adquirirse en establecimientos distintos a las farmacias.

Se explicó que si la Ley General de Salud considera como establecimientos a las instalaciones fijas o móviles en las que, entre otras actividades, se distribuyen bienes, entonces las máquinas expendedoras encuadran dentro de esa categoría de instalaciones.

Finalmente, se concluyó que la prohibición que establece la Ley General de Salud para vender los productos mencionados en puestos semifijos, módulos móviles o ambulantes afecta al principio de igualdad, lesiona la libertad de comercio e impide que los medicamentos sean más accesibles a la población.

Amparo en revisión 33/2022, resuelto en sesión de 23 de noviembre de 2022.


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