Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 357/2022

Ciudad de México, a 05 de octubre de 2022

VÁLIDO QUE, EN EL ESTADO DE MÉXICO, LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PUEDAN GOZAR GRATUITAMENTE DE LUGARES EXCLUSIVOS EN ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó que, en el Estado de México, se obligue a los prestadores del servicio de estacionamiento público a otorgar gratuidad durante las primeras cuatro horas a aquellas personas con discapacidad, siempre que ostenten los distintivos correspondientes y ocupen los cajones destinados específicamente para ello.

Si bien dicha previsión constituye una restricción a la libertad de comercio, lo cierto es que la restricción está justificada a fin de garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad y su plena integración social.

Se resaltó que el derecho de acceso de las personas con discapacidad se garantiza mediante la supresión de barreras que les impiden acceder a las instalaciones y a bienes y servicios, aun cuando las medidas que deban implementarse para alcanzar el grado de accesibilidad deseado pueden resultar onerosas, pues dicho costo no puede ser excusa para eludir la obligación de eliminar gradualmente los obstáculos que enfrentan día a día las personas con discapacidad.

Amparo en revisión 189/2022, resuelto en sesión de 5 de octubre de 2022.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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