Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 272/2022

Ciudad de México, a 28 de julio de 2022

CORRESPONDE AL TRABAJADOR DEMOSTRAR LA OBLIGACIÓN DEL PATRÓN DE CUBRIR PRESTACIONES EXTRALEGALES AUN CUANDO HAYA OMITIDO CONTESTAR LA DEMANDA Y COMPARECER EN LA AUDIENCIA DE OFRECIMIENTO Y DESAHOGO DE PRUEBAS

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una contradicción de tesis, estableció que aun cuando un patrón no haya dado contestación a una demanda y no comparezca a la audiencia respectiva, en la fase de ofrecimiento y admisión de pruebas, no significa que desaparece la obligación legal del trabajador de demostrar que existía la obligación del patrón para pagar las prestaciones extralegales que reclama.

Al respecto, la Segunda Sala concluyó que las prestaciones extralegales constituyen beneficios otorgados por los patrones a sus trabajadores que son adicionales a los establecidos en la ley. Así, le corresponde al actor (trabajador) aportar las pruebas pertinentes para demostrar sus pretensiones. Por ello, aunque el patrón no haya contestado la demanda ni acuda a la audiencia, el trabajador sigue contando con la obligación de demostrar el deber patronal de pagar las prestaciones.

Registro digital: 2024328. Instancia: Segunda Sala. Undécima Época. Materias(s): Constitucional, Laboral. Tesis: 2a./J. 9/2022 (11a.). Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 11, Marzo de 2022, Tomo III, página 1960. Tipo: Jurisprudencia.

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.




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