Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 177/2022

Ciudad de México, a 16 de mayo de 2022

EL PLENO DE LA SCJN RESUELVE RECURSOS DE REVISIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD NACIONAL RESPECTO DE CLASIFICACIÓN DE INFORMACIÓN CONTENIDA EN CONTRATOS Y COMPROBANTES DE PAGO DE VACUNAS CONTRA EL VIRUS SARS-COV-2

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales sobre los contratos para la adquisición de vacunas contra el virus del SARS-CoV-2 (RRSN 6/2021) y los comprobantes de pago respectivos (RRSN 3/2021).

En el primero de ellos, resolvió que la divulgación de las condiciones esenciales de la contratación puede poner en riesgo la seguridad nacional, al obstaculizar o bloquear acciones tendentes a prevenir o combatir pandemias en el país. Por este motivo, esta información debe ser clasificada como reservada por un periodo de 5 años, sin que ello impida divulgar una versión pública en la que se puedan apreciar aquellos aspectos que no fueron materia de la reserva o constituyan información confidencial (datos personales y secreto comercial).

En el segundo, determinó que los comprobantes de pago respectivos deben ser clasificados como información reservada por un periodo de 5 años, pues su divulgación puede poner en riesgo la seguridad nacional por la misma razón precisada en el párrafo anterior.

Recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública 6/2021, promovido por el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución dictada en el recurso de revisión RRA 1899/21, dictada por el Pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de 19 de mayo de 2021.

Recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública 3/2021, promovido por el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución dictada en el recurso de revisión administrativa 2391/21, dictada por el Pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de 5 de mayo de 2021.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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