Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 003/2022

Ciudad de México, a 10 de enero de 2022

INVALIDA SCJN REQUISITO PARA ACCEDER AL CARGO DE INSPECTOR DE GANADERÍA EN EL ESTADO DE COAHUILA, POR VULNERAR EL DERECHO A LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, invalidó las porciones normativas “por delitos dolosos que ameriten pena privativa de la libertad o” y “otro”, del artículo 85, fracción IV, de la Ley de Ganadería para el Estado de Coahuila de Zaragoza, expedida mediante Decreto 555, publicado el 28 de febrero de 2020, que formaban parte de los requisitos para ocupar el cargo de inspector de ganadería.

Conforme a sus precedentes, el Pleno determinó que tal requisito vulneraba el derecho de igualdad y no discriminación, previsto en el artículo 1º de la Constitución General. Ello, ya que excluía genéricamente a cualquier persona condenada por la comisión de un delito doloso, aun cuando no guardara relación alguna con las funciones a desempeñar.

Acción de inconstitucionalidad 216/2020, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 85, fracción IV, de la Ley de Ganadería para el Estado de Coahuila de Zaragoza, expedida mediante Decreto 555, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 28 de febrero de 2020.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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