No. 107/2021
Ciudad de México, a 22 de abril de 2021
SCJN INVALIDA REQUISITOS DE SER MEXICANO POR NACIMIENTO Y NO ADQUIRIR OTRA NACIONALIDAD PARA OCUPAR LOS CARGOS DE TITULAR DE LA OFICIALÍA MAYOR Y DE LA CONTRALORÍA INTERNA DEL CONGRESO DE NUEVO LEÓN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, invalidó la disposición de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León, donde se establecían los requisitos de contar con la nacionalidad mexicana obtenida por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad, para ser titular de la Oficialía Mayor y de la Contraloría Interna, ambos del Congreso estatal.
Al respecto, el Pleno reiteró el criterio establecido en precedentes, en el sentido de que conforme al artículo 32 constitucional, las entidades federativas carecen de competencia para exigir esos requisitos para el acceso a cargos distintos a los previstos en la Constitución general.
De esta forma, el Pleno de la SCJN invalidó el artículo 81, último párrafo, en su porción normativa “por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad”, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León.
Acción de inconstitucionalidad 113/2020, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de una porción del artículo 81, último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 20 de enero de 2020.
Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.