Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 040/2021

Ciudad de México, a 15 de febrero de 2021

ANALIZA SCJN REFORMA A LA CONSTITUCIÓN DE SONORA EN MATERIA DE LEYES DE INGRESOS Y PRESUPUESTOS DE EGRESOS MUNICIPALES

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, efectuada a través del sistema de videoconferencia, analizó las impugnaciones a la Ley Número 288 por la que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sonora, publicada el 13 de agosto de 2018, y determinó que no se actualizaron las violaciones al proceso legislativo que invocó en su demanda el municipio de Caborca.

Asimismo, el Tribunal Pleno invalidó, con efectos limitados al territorio de ese municipio, la porción normativa “o no aprobar” prevista en la fracción XXIV del artículo 64 de la ley impugnada, por vulnerar el principio de libertad hacendaria municipal previsto en el artículo 115 de la Constitución General. Dicha norma establecía la facultad del Congreso local de discutir, modificar, aprobar o no aprobar anualmente las Leyes de Ingresos y Presupuestos de Ingresos de los Ayuntamientos.

La SCJN también reconoció la validez de las fracciones VII, párrafo segundo; IX y XII del artículo 79, de la Constitución del Estado, relativas a las facultades y obligaciones del titular del Poder Ejecutivo del Estado, en materia de proyectos de presupuesto de ingresos y egresos, al concluir que dichos preceptos no vulneran las atribuciones del municipio actor y no producen ninguna afectación a su hacienda, o de manera específica, a las participaciones o aportaciones federales que reciben los municipios.

Controversia constitucional 175/2018, promovida por el Municipio de Caborca, Sonora, en contra del Poder Legislativo del mencionado Estado, demandando la invalidez de la Ley Número 288 que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de esa entidad, publicada en el Boletín Oficial local de 13 de agosto de 2018.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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