Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 154/2020

Ciudad de México, a 25 de agosto de 2020

SCJN CONCLUYE EL ANÁLISIS CONSTITUCIONAL DEL CÓDIGO ELECTORAL DE MICHOACÁN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, realizada a través del sistema de videoconferencia, concluyó con el análisis de las impugnaciones al Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo.

El Tribunal Pleno invalidó la totalidad de las reformas a los artículos 174 y 175 de ese ordenamiento. Ello se debió a que dichas disposiciones integran un sistema que preveían los mecanismos para la asignación de las diputaciones bajo el principio de representación proporcional, así como los límites de sobre y subrepresentación en la designación de curules en el Congreso local; sin embargo, para tales finalidades el legislador local hizo uso de un cociente electoral que se obtiene a partir de la “votación estatal efectiva”, cuando los valores porcentuales a los que concurren los partidos y al que se aplicaría dicho factor es a un concepto denominado “votación valida emitida”, lo que distorsiona el procedimiento de designación.

En este mismo expediente, la SCJN invalidó los artículos 196 Ter y 196 Quater, donde se preveía la atribución del Consejo General del Instituto Electoral local para que emitiera lineamientos a efecto de instrumentar un sistema novedoso para la recepción del voto en urnas electrónicas, pues el ejercicio de dicha facultad implicaba una invasión a la competencia del Instituto Nacional Electoral.

Finalmente, la SCJN invalidó la porción normativa “coalición” contenida en el artículo 192, segundo párrafo, fracción I, inciso c), del código electoral local, pues derivada de la reforma a la Constitución General del 10 de febrero de 2014, cada partido político debe aparecer con su propio emblema, aun cuando forme parte de una coalición.

Acción de inconstitucionalidad 133/2020, promovida por el partido político MORENA, demandando la invalidez de diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de Michoacán, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad de 29 de mayo de 2020, mediante los Decretos 328 y 329.



Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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