Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 098/2016

Ciudad de México, a 25 de mayo de 2016

REASUME PRIMERA SALA COMPETENCIA PARA CONOCER CONFLICTO COMPETENCIAL SUSCITADO ENTRE UN JUEZ DE GARANTÍA Y UN JUEZ DE DISTRITO

En sesión de 25 de mayo de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó conocer la reasunción de competencia 131/2015, presentada por el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

La Primera Sala determinó reasumir su competencia para conocer de un conflicto competencial suscitado entre un juez de Garantía y un juez de Distrito, con relación a una causa penal en contra de dos personas por los delitos de homicidio calificado y robo agravado, no obstante que dicha facultad ha sido delegada a los tribunales colegiados de Circuito.

En el caso, un vehículo propiedad del Gobierno Federal del Programa Oportunidades, mismo que era custodiado por vehículos tripulados por agentes ministeriales y elementos de la Policía Municipal de Morelos, fue emboscado por diversos sujetos, los cuales dispararon armas de fuego, privando de la vida a tres policías y lesionando a otros, para apoderarse del efectivo que iba en el citado vehículo. El juez giró orden de aprehensión en contra de ocho personas, por la probable comisión de los delitos de robo y homicidio calificado, así como tentativa de homicidio.

El juez de garantía declaró su legal incompetencia para seguir conociendo de la causa penal y la declinó a favor del juez de Distrito, sobre la base de que el delito de robo por el cual libró dicha orden fue cometido en agravio de la Federación. Sin embargo, éste último le devolvió los autos para que diera vista al Ministerio Público y éste diera su opinión al respecto. En el inter se cumplieron órdenes de aprehensión, lo que dio como resultado que el juez de control dictara auto de vinculación a proceso contra dos inculpados y posteriormente insistió en declinar la competencia que el juez de Distrito no aceptó.

Para la Primera Sala conocer del presente conflicto competencial permitirá, en primer lugar, determinar si no obstante la incompatibilidad de los sistemas penal acusatorio oral y mixto, pueden homologarse o convalidarse las diligencias practicadas en una carpeta de investigación para ser tomadas en cuenta como pruebas por el MP y, en caso de que no exista esa posibilidad, deberá determinar qué hacer cuando un juez de garantía declina competencia en favor de un juez de Distrito, quien aún se rige conforme al sistema penal mixto, el cual resulta incompatible con las diligencias practicadas en el proceso cuya competencia le es declinada.


Formulario de consulta Imprimir