Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 084/2016

Ciudad de México, a 11 de mayo de 2016

PRIMERA SALA ATRAE AMPARO QUE ANALIZARÁ HOMOLOGACIÓN DE ACTUACIONES DE CARPETA ADMINISTRATIVA Y AVERIGUACIÓN PREVIA

En sesión de 11 de mayo de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 73/2016, a propuesta del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Al resolverla, atrajo un amparo directo que permitirá a esta Primera Sala analizar si los datos de prueba recabados en la carpeta administrativa, que en el sistema acusatorio está vedado su conocimiento del juez, pueden homologarse con las pruebas que se desahogan en la averiguación previa y ser tomadas como prueba para el dictado de una sentencia definitiva.

En el caso se inició una investigación ministerial en contra del aquí quejoso por un delito previsto en la Ley de Instituciones de Crédito, de conformidad con el sistema acusatorio y, por incompetencia, se remitió al fuero federal, donde sin determinación alguna sobre dicha homologación, se aceptó la competencia y se siguió el procedimiento hasta dictar sentencia definitiva. Esto es, se dictó dicha sentencia en un proceso compuesto de actuaciones practicadas conforme a los dos sistemas, sin existir pronunciamiento sobre la homologación.

En este sentido, la importancia y trascendencia del asunto radica en que, al resolverlo se definirá:

1. Cómo se debe proceder ante la inexistencia de alguna disposición legal o jurisprudencial que determine qué hacer en cuanto a la homologación de las actuaciones realizadas en una carpeta administrativa, pero se incorpora al procedimiento mixto, sobre todo cuando los procesos Federal y del Estado de Chihuahua, no son compatibles entre sí.

2. Fue legal el proceder del juez de Distrito a quien se le remite la carpeta de investigación y determina conocer de la misma, sin emitir ninguna determinación que homologara esos datos de prueba.

3. Se deben o no homologar las actuaciones realizadas en dicha carpeta, a las desahogadas en la integración de la averiguación previa, para de esa forma proceder a su valoración al momento de dictar sentencia.


Formulario de consulta Imprimir