No. 071/2016
Ciudad de México, a 27 de abril de 2016
PRIMERA SALA DECLARA INFUNDADO RECURSO DE INCONFORMIDAD SOBRE DELITOS DE LENOCINIO EN PERJUICIO DE TRES MENORES
En sesión de 27 de abril de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el recurso de inconformidad 1381/2015, presentado por el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, que tiene que ver con una persona sentenciada a veintiséis años cuatro meses de prisión por los delitos de lenocinio (explotar el cuerpo de una persona con fines de comercio sexual) y trata de personas, ambos agravados, en perjuicio de tres menores.
La Primera Sala determinó que es infundado el recurso de inconformidad promovido y, por lo mismo, confirmó el acuerdo dictado por el Tribunal Colegiado por medio del cual declaró cumplida la ejecutoria de amparo.
Lo anterior es así, subrayó la Sala, ya que sí se acataron los efectos de la concesión del amparo, sin excesos ni defectos. En primer lugar, la autoridad responsable dejó insubsistente el fallo anterior y emitió una nueva resolución en la que tuvo por acreditada la responsabilidad del quejoso en la comisión de los delitos antes citados y, además, realizó una nueva individualización de las penas. De ahí lo infundado del recurso.