No. 071/2015
México D.F. a 15 de abril de 2015
REASUME PRIMERA SALA COMPETENCIA PARA REVISAR REGULACIÓN DE MATRIMONIOS EN CÓDIGO DE JALISCO
En sesión de 15 de abril de 2015, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por mayoría de votos, la reasunción de competencia 34/2014, presentada por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
En ella determinó reasumir su competencia originaria para conocer de un amparo en revisión en el que dos personas impugnaron la constitucionalidad del artículo 258 del Código Civil del Estado de Jalisco, que regula el matrimonio como una institución por medio de la cual “un hombre y una mujer” deciden compartir un estado de vida, lo cual, según los quejosos, deja fuera a un determinado grupo de personas, como son los homosexuales, lesionando así sus derechos fundamentales.
En el caso, dos hombres presentaron su solicitud de matrimonio ante la Oficialía del Registro Civil correspondiente, misma que con fundamento en el artículo impugnado la consideró improcedente. Inconformes promovieron amparo, el cual les fue concedido por el juez competente al realizar una interpretación conforme. En contra de esta resolución, los aquí quejosos (al pretender mayores beneficios en la concesión del amparo), interpusieron el recurso de revisión que aquí solicitan reasumir.
La importancia y trascendencia de dicho asunto radica en la posibilidad de analizar la constitucionalidad de la institución del matrimonio en el Estado de Jalisco a la luz del principio de igualdad, al derecho a la identidad, al libre desarrollo de la personalidad y a la protección del desarrollo y organización de la familia.