Plataforma Nacional de Transparencia

Comunicados de Prensa

No. 189/2014

México D.F. a 29 de octubre de 2014

INCONSTITUCIONAL, MATERIA DE LA CONSULTA POPULAR RELATIVA A LOS SALARIOS MÍNIMOS

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en su sesión hoy, como resultado del análisis y discusión de la Revisión de Constitucionalidad de la materia de la Consulta Popular 2/2014, propuesta por Gustavo Enrique Madero Muñoz, por mayoría de seis votos, determinó como inconstitucional la materia de dicha consulta, en la que se planteaba la siguiente pregunta:

¿Estás de acuerdo en que la Ley Federal del Trabajo establezca que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fije un nuevo salario mínimo que cubra todas las necesidades de una familia para garantizar al menos la línea de bienestar determinada por el CONEVAL?

Es de señalarse que el artículo 35, fracción VIII, apartado 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por la propia Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.

En ese sentido, la mayoría de los Ministros estimó que la materia de dicha consulta, entre otros aspectos, incidía en el tema de los ingresos y gastos del Estado, motivo por el cual, resultaba inconstitucional.


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