Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.068/2007

México, D.F. a 24 de abril de 2007

FUNDAMENTAL, PAPEL DE JUECES EN CUMPLIMIENTO DE LEYES Y RESPETO A DERECHOS HUMANOS: ORTIZ MAYAGOITIA

* Asegura el Alto Tribunal que no guarda relación con la posición que pudiera asumir en torno a la validez o no sobre alguna reforma legislativa en la materia.

* Presentó inconformidad ante la Secretaría de Gobernación y el Instituto Federal Electoral, para que adopten las determinaciones que correspondan.

Desde el sábado 21 de abril del año en curso se ha difundido, por algunos canales de televisión, un spot firmado por el Partido Acción Nacional, con el objeto de manifestar su inconformidad contra una reforma legislativa relacionada con la sanción penal del aborto.

Al inicio de ese material televisivo se presenta a un individuo vestido con una toga, con la apariencia de un impartidor de justicia, señalando: “Debido a interferir en los planes futuros, tanto personales como profesionales de la señorita, el acusado es declarado culpable y la sentencia es la pena de aborto”.

Como se advierte, mediante ese mensaje se difunde entre la sociedad la posibilidad de que un juzgador del Estado Mexicano dicte una sentencia en la que condene a “la pena del aborto”, lo cual resulta jurídicamente inviable conforme al sistema jurídico de nuestro país, ya que no existe alguna norma que pudiera llegar a prever una sanción de esa naturaleza, y al distorsionar gravemente entre la población la función que corresponde a los impartidores de justicia, se torna lesivo para su imagen.

En tal virtud, tomando en cuenta que el párrafo primero del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación encomienda al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) velar por la autonomía e independencia del Poder Judicial de la Federación, este Alto Tribunal, a nombre propio y como integrante de la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia A.C., ha elevado su inconformidad ante la Secretaría de Gobernación y el Instituto Federal Electoral, con el objeto de que en estricto apego al marco legal aplicable adopten las determinaciones que correspondan.

Es importante agregar que esa inconformidad únicamente tiende a velar por la autonomía e independencia de los juzgadores, las cuales también encuentran apoyo en una percepción social que corresponda a las funciones que constitucional y legalmente se les han encomendado, por lo que de ninguna manera guarda relación con la posición que pudiera asumir la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la validez de alguna reforma legislativa relacionada con el aborto.


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