Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.032/2007

México, D.F. a 28 de febrero de 2007

SIN INCREMENTO, SALARIOS DE MINISTROS, CONSEJEROS, JUECES, MAGISTRADOS Y MAGISTRADOS ELECTORALES

• La medida fue adoptada por los órganos del Poder Judicial de la Federación como política de racionalidad y austeridad en el ejercicio del gasto público.

Como medida de austeridad en el Poder Judicial de la Federación, se canceló el incremento de cinco por ciento sobre las percepciones ordinarias de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), consejeros de la Judicatura Federal, jueces de Distrito, magistrados de Circuito y magistrados del Tribunal Electoral (TEPJF).

El incremento de cinco por ciento sólo será aplicable para el personal operativo, en los términos autorizados por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Tales medidas fueron determinadas por los Plenos de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), así como la Comisión de Administración del TEPJF, órganos que además aprobaron diversas medidas de carácter general en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, que serán ejercidas durante el presente ejercicio fiscal.

En el caso de los ministros de la SCJN, magistrados de Circuito y jueces de Distrito, consejeros del CJF y magistrados electorales, debe tomarse en cuenta que en términos del párrafo antepenúltimo del artículo 94 de la Constitución, sus remuneraciones no pueden ser disminuidas durante su encargo, por lo que determinaron congelar sus percepciones.

El artículo 101 constitucional, en su primer párrafo, prohíbe a tales funcionarios aceptar o desempeñar cualquier otro empleo o encargo remunerado, mientras se encuentren en ejercicio de su función, a excepción de las actividades que realicen sin percepción alguna en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.

Entre las medidas de racionalidad y austeridad adoptadas, en el caso de la SCJN tienen que ver con el uso y adquisición de bienes muebles, la optimización de espacios de los inmuebles, y la reducción en el consumo de energía eléctrica y agua potable.

Asimismo, con el uso de los servicios de telefonía básica y móvil; la disminución del tiraje de las publicaciones impresas; los gastos por honorarios, asesoría, consultoría, estudio e investigación, y el fotocopiado de la síntesis de prensa.

Con estas medidas, en apego al marco constitucional y legal aplicable, los órganos del Poder Judicial de la Federación contribuyen al establecimiento de una política de austeridad y racionalidad en el ejercicio del gasto público.

Lo resuelto por los Plenos de la SCJN y del CJF, así como por la Comisión de Administración del TEPJF, se fundamentó en lo establecido en los artículos 94, párrafo antepenúltimo, y 123, apartado B, Fracción IV, de la Constitución, así como en lo previsto en el artículo 15 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007.


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