Comunicados de Prensa
No.018/2007
México, D.F. a 13 de febrero de 2007
TRATADOS INTERNACIONALES, POR DEBAJO DE LA CONSTITUCIÓN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó que los tratados internacionales, jerárquicamente, están por debajo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero arriba de las leyes federales, estatales y del Distrito Federal.
Al discutir 14 amparos en revisión en contra de diversos impuestos de importación aplicados a mercancías de importación, el Pleno de ministros determinó, en primer lugar, estudiar solamente el tema relativo a la jerarquía normativa que tienen en nuestro país los tratados internacionales, y devolver los asuntos a la Primera y Segunda salas, para que resuelvan cada uno de los planteamientos restantes invocados en los amparos.
En este sentido, los ministros confirmaron, por mayoría, que todos los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano tienen la misma jerarquía de las denominadas “leyes de carácter general”.
Esto es, que están por encima de las leyes federales, estatales o del Distrito Federal, pero por debajo de la Constitución Política.
Con esta resolución, los 14 amparos en revisión serán devueltos a las salas de la SCJN, para que sus ministros integrantes solamente determinen si hay o no desajuste entre la ley ordinaria y los tratados internacionales impugnados, y ya no discutan en torno a la jerarquía normativa de estos últimos.
Al discutir 14 amparos en revisión en contra de diversos impuestos de importación aplicados a mercancías de importación, el Pleno de ministros determinó, en primer lugar, estudiar solamente el tema relativo a la jerarquía normativa que tienen en nuestro país los tratados internacionales, y devolver los asuntos a la Primera y Segunda salas, para que resuelvan cada uno de los planteamientos restantes invocados en los amparos.
En este sentido, los ministros confirmaron, por mayoría, que todos los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano tienen la misma jerarquía de las denominadas “leyes de carácter general”.
Esto es, que están por encima de las leyes federales, estatales o del Distrito Federal, pero por debajo de la Constitución Política.
Con esta resolución, los 14 amparos en revisión serán devueltos a las salas de la SCJN, para que sus ministros integrantes solamente determinen si hay o no desajuste entre la ley ordinaria y los tratados internacionales impugnados, y ya no discutan en torno a la jerarquía normativa de estos últimos.