Comunicados de Prensa
No.243/2025
Ciudad de México, 20 de octubre 2025
LA NUEVA CORTE PROTEGE LA SEGURIDAD JURÍDICA Y LIMITA DISCRECIONALIDAD EN LA JUSTICIA CÍVICA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) protege el derecho de todas las personas a contar con sanciones claras y previsibles frente a infracciones en materia de justicia cívica.
Por un lado, invalidó disposiciones de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios, que establecían como infracción el “faltar al respeto al público que asiste a eventos o espectáculos, con agresiones verbales.” El Pleno determinó que esta redacción era ambigua y daba margen a la autoridad para decidir, de forma subjetiva, cuándo una expresión debía sancionarse. Esto, lejos de proteger la convivencia social, podía generar abusos y limitaba gravemente la libertad de expresión de las personas.
Por otro lado, se invalidaron parcialmente las normas que permitían la creación de un “Registro de Personas Infractoras”, operado por la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal o su equivalente, al considerar que únicamente el Congreso de la Unión puede crear registros de personas detenidas. Con lo anterior, se reafirmó la obligación de las autoridades locales de respetar los límites constitucionales en materia de sanciones administrativas y protección de derechos humanos.
En ese sentido, el Máximo Tribunal ordenó notificar al Congreso local, planteando la importancia de que todas las leyes sean claras, eviten la discrecionalidad y respeten las competencias que la Constitución Política Federal reserva al Congreso de la Unión. Con ello, se garantiza la protección de los derechos de todas las personas en el Estado de México y se sienta un precedente para una justicia cívica más justa, transparente y acorde a los principios constitucionales.
Acción de Inconstitucionalidad 228/2023. Resuelta en sesión de Pleno el 20 de octubre de 2025.
Documento con fines de divulgación. Las sentencias son la única versión oficial.