Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.156/2025

Ciudad de México, 26 de mayo de 2025

LA CORTE RECONOCE LA VALIDEZ DE DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS, ASÍ COMO DE LA LEY DE PUERTOS

• Calificó de constitucional la redistribución de facultades entre diversas secretarías de la Administración Pública Federal

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) determinó que el sistema normativo derivado del Decreto impugnado de reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la Ley de Puertos Marítimos es acorde con la Constitución, pues no se advierte que se transfiera de forma indebida a la Secretaría de Marina (SEMAR) facultades correspondientes de otra Secretaría en materia de vías marítimas.

El Pleno determinó que el Decreto impugnado no otorga atribuciones ordinarias a la Armada de México fuera de sus límites constitucionales. También indicó que no es posible equiparar automáticamente a la SEMAR con la Armada de México, en tanto que la primera es una Secretaría de estado y la segunda, una autoridad militar, bajo la administración de la primera. 

Adicionalmente, el Pleno explicó que el estudio se hizo considerando los límites previstos en el artículo 129 constitucional, los cuales han sido modificados pues si bien antes se consideraba que ninguna autoridad militar podía ejercer más funciones que las directamente relacionadas con la disciplina militar; actualmente la Constitución permite que dichas autoridades puedan asumir todas aquellas funciones previstas en la Constitución y en las leyes. 

Finalmente, considerando otros aspectos de análisis, el Pleno concluyó que no se advierte que el Decreto impugnado haya transferido a la SEMAR facultades en materia de seguridad pública, por lo que tampoco representa una medida regresiva con el potencial de afectar directamente algún derecho humano, pues no existió una militarización del ámbito marítimo, ni se asignaron funciones de esta naturaleza a las fuerzas armadas. 

Acción de inconstitucionalidad 2/2021, promovida por integrantes del Senado de la República, demandando la invalidez del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la Ley de Puertos, publicado el 7 de diciembre de 2020, en el Diario Oficial de la Federación. Resuelto en sesión de Pleno, el 26 de mayo de 2025.
 

Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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