Comunicados de Prensa
No.065/2006
México, D.F. a 29 de septiembre de 2006
NECESARIO EXPLICAR A LA SOCIEDAD LA INFORMACIÓN QUE GENERAN TODOS LOS NIVELES DE GOBIERNO: COSSÍO DÍAZ
• El ministro de la SCJN se pronunció por crear entes u observatorios de actividades específicas para traducir la información a la sociedad.
• Para la consolidación de un Estado democrático, el derecho a la información veraz es un elemento indispensable: ministro Góngora Pimentel.
El ministro José Ramón Cossío Díaz manifestó que no basta con pensar en una transparencia puramente instrumental donde la información está y puede accederse, sino debe pensarse en cómo traducir o explicar sus enormes complejidades a la sociedad.
En este sentido comentó que sería muy deseable que las decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se sometieran a un ejercicio crítico que genere ciertos elementos de control social sobre las atribuciones conferidas por la sociedad al Alto Tribunal en la extraordinaria labor de resolver litigios.
Manifestó su preocupación de cómo explicar a una sociedad a la que se pretende ilustrar, a la que se piensa constituir en condiciones democráticas, las enormes complejidades que tiene, por ejemplo, una deliberación sobre candidaturas independientes en un estado de la República.
Durante la clausura del Primer Seminario Internacional de Acceso a la Información Judicial y Nuevas Tecnologías, el ministro Cossío Díaz señaló que como sociedad debe haber la preocupación por generar segundas instancias para procesar información; esto, para estar en la posibilidad de constituir el ejercicio de transparencia de las sociedades modernas.
“Esto, por supuesto, se ha empezado a hacer, hay organizaciones no gubernamentales, hay fuentes periodísticas crecientemente informadas, pero me parece también que es tarea de los órganos que producen las informaciones, la generación de observatorios de actividades específicas de gobierno”, precisó.
Agregó que sería muy deseable que se constituyeran esos entes o que se ayudaran en la constitución de docentes para que todos pudieran tener una información más digerida, más entendible y más asequible en un sentido material.
Por su parte, el ministro Genaro David Góngora Pimentel puntualizó que para la consolidación de un Estado democrático, el derecho a la información veraz es un elemento indispensable, no sólo para la construcción de nuestras opiniones, sino para el respeto mismo de otros derechos fundamentales que frecuentemente tienden a estrecharse.
“Ello, porque tan importante será exigir que se nos proporcione información veraz, como que en aras de dicho cumplimiento se reconozca el valor conjunto de los diversos derechos fundamentales que forman parte de la estructura de nuestro Estado”, indicó.
Góngora Pimentel recordó la solicitud de investigación de violación de garantías individuales referente al caso Aguas Blancas, en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó una tesis que califica como violación grave de garantías el intento de lograr la impunidad de las autoridades que actúan dentro de la cultura del engaño, de la maquinación y del ocultamiento.
La tesis, expresó, establece que el derecho a la información es básico para el mejoramiento de una conciencia ciudadana, lo cual es esencial para el progreso de nuestra sociedad, y que si las autoridades entregan información manipulada, incompleta, condicionada a intereses de grupos o personas, se incurre en una violación grave de garantías.
Habló sobre el amparo en revisión 3137/98, en el cual un gobernado impugnó que tenía derecho a conocer el contenido de todas las sesiones de su ayuntamiento; se determinó, dijo, que el derecho a la información no es absoluto, sino que se halla sujeto a limitaciones o excepciones que se sustentan fundamentalmente en la protección de la seguridad nacional y el respeto tanto a los intereses de la sociedad como a los derechos de los gobernados.
Con respecto al tema del derecho a la información y los derechos de personalidad, el ministro Góngora Pimentel mencionó el amparo en revisión 1166/2005, que trató sobre el reconocimiento de la paternidad. En este asunto, se determinó que se tenía que tomar en cuenta que la prueba genética molecular del ADN contraria a la voluntad y sin fijar limitación alguna, autoriza la práctica de investigaciones sobre la intimidad de las personas.
“Debido a que se trataba de un caso en el cual se exigía un reconocimiento del derecho a la información en aras de la protección de diversos derechos del niño, la Suprema Corte determinó que ante la posibilidad de que los padres se nieguen al desahogo de la citada prueba, se presumirá la paternidad salvo prueba en contrario”, concluyó.
• Para la consolidación de un Estado democrático, el derecho a la información veraz es un elemento indispensable: ministro Góngora Pimentel.
El ministro José Ramón Cossío Díaz manifestó que no basta con pensar en una transparencia puramente instrumental donde la información está y puede accederse, sino debe pensarse en cómo traducir o explicar sus enormes complejidades a la sociedad.
En este sentido comentó que sería muy deseable que las decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se sometieran a un ejercicio crítico que genere ciertos elementos de control social sobre las atribuciones conferidas por la sociedad al Alto Tribunal en la extraordinaria labor de resolver litigios.
Manifestó su preocupación de cómo explicar a una sociedad a la que se pretende ilustrar, a la que se piensa constituir en condiciones democráticas, las enormes complejidades que tiene, por ejemplo, una deliberación sobre candidaturas independientes en un estado de la República.
Durante la clausura del Primer Seminario Internacional de Acceso a la Información Judicial y Nuevas Tecnologías, el ministro Cossío Díaz señaló que como sociedad debe haber la preocupación por generar segundas instancias para procesar información; esto, para estar en la posibilidad de constituir el ejercicio de transparencia de las sociedades modernas.
“Esto, por supuesto, se ha empezado a hacer, hay organizaciones no gubernamentales, hay fuentes periodísticas crecientemente informadas, pero me parece también que es tarea de los órganos que producen las informaciones, la generación de observatorios de actividades específicas de gobierno”, precisó.
Agregó que sería muy deseable que se constituyeran esos entes o que se ayudaran en la constitución de docentes para que todos pudieran tener una información más digerida, más entendible y más asequible en un sentido material.
Por su parte, el ministro Genaro David Góngora Pimentel puntualizó que para la consolidación de un Estado democrático, el derecho a la información veraz es un elemento indispensable, no sólo para la construcción de nuestras opiniones, sino para el respeto mismo de otros derechos fundamentales que frecuentemente tienden a estrecharse.
“Ello, porque tan importante será exigir que se nos proporcione información veraz, como que en aras de dicho cumplimiento se reconozca el valor conjunto de los diversos derechos fundamentales que forman parte de la estructura de nuestro Estado”, indicó.
Góngora Pimentel recordó la solicitud de investigación de violación de garantías individuales referente al caso Aguas Blancas, en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó una tesis que califica como violación grave de garantías el intento de lograr la impunidad de las autoridades que actúan dentro de la cultura del engaño, de la maquinación y del ocultamiento.
La tesis, expresó, establece que el derecho a la información es básico para el mejoramiento de una conciencia ciudadana, lo cual es esencial para el progreso de nuestra sociedad, y que si las autoridades entregan información manipulada, incompleta, condicionada a intereses de grupos o personas, se incurre en una violación grave de garantías.
Habló sobre el amparo en revisión 3137/98, en el cual un gobernado impugnó que tenía derecho a conocer el contenido de todas las sesiones de su ayuntamiento; se determinó, dijo, que el derecho a la información no es absoluto, sino que se halla sujeto a limitaciones o excepciones que se sustentan fundamentalmente en la protección de la seguridad nacional y el respeto tanto a los intereses de la sociedad como a los derechos de los gobernados.
Con respecto al tema del derecho a la información y los derechos de personalidad, el ministro Góngora Pimentel mencionó el amparo en revisión 1166/2005, que trató sobre el reconocimiento de la paternidad. En este asunto, se determinó que se tenía que tomar en cuenta que la prueba genética molecular del ADN contraria a la voluntad y sin fijar limitación alguna, autoriza la práctica de investigaciones sobre la intimidad de las personas.
“Debido a que se trataba de un caso en el cual se exigía un reconocimiento del derecho a la información en aras de la protección de diversos derechos del niño, la Suprema Corte determinó que ante la posibilidad de que los padres se nieguen al desahogo de la citada prueba, se presumirá la paternidad salvo prueba en contrario”, concluyó.