Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.045/2025

Ciudad de México, a 11 de febrero de 2025

ANALIZA LA CORTE DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) analizó las impugnaciones formuladas en contra de diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Aguascalientes, establecidas como requisito para acceder al cargo de titular del órgano interno de control de dicho órgano jurisdiccional.

 

Si bien las ministras y ministros se pronunciaron mayoritariamente en favor de la invalidez de los siguientes artículos, al no alcanzarse los ocho votos necesarios para tal efecto, se produjo la desestimación y, por lo tanto, continuarán vigentes en sus términos:

 

  • Artículo 50, fracción V, en la porción “intencional que amerite pena privativa de la libertad de más de un año”.

 

La mayoría consideró que el requisito no tiene relación directa con las funciones del cargo a desempeñar, no distingue entre delitos graves o no graves, no contiene un límite temporal e infringe el derecho de igualdad.

 

  • Artículo 50, fracción V, en la porción “pero si se trataré de […] quedará inhabilitado para el cargo, cualquiera que haya sido la pena”.

 

Esa mayoría estimó que el requisito viola el principio de igualdad y no discriminación, además de que excluye de por vida la posibilidad de acceder al empleo público referido.

 

Acción de inconstitucionalidad 229/2023, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 50, fracción V, de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad del 1 de diciembre de 2023, mediante Decreto 552. Ponente: Ministro Javier Laynez Potisek. Secretarios: Alfredo Uruchurtu Soberón y Rafael Jesús Ortega García.


Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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