Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.036/2025

Ciudad de México, 30 de enero de 2025

RESUELVE LA CORTE NUEVE RECURSOS DE INCONFORMIDAD PROMOVIDOS POR PERSONAS ASPIRANTES A MAGISTRATURAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) resolvió nueve recursos de inconformidad fundamentados en el Acuerdo General Plenario 4/2024 del propio Tribunal Pleno, promovidos, entre otros aspectos, contra dictámenes emitidos por los Comités de Evaluación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo Federales, en los cuales determinaron la no elegibilidad de aspirantes a magistraturas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o bien, se asignó al aspirante al listado de un cargo diverso al de la inscripción.


Las personas recurrentes realizaron el procedimiento de inscripción para ser postuladas como candidatas a ocupar la titularidad de un órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación, en el proceso electoral extraordinario 2024-2025.

 

Concluido el período de inscripción, los Comités emitieron dictámenes en los cuales rechazaron las solicitudes de las personas recurrentes, mientras que otra fue incluida en el listado de un cargo diverso al de su inscripción.


Adicionalmente, una persona recurrente manifestó que no fue incluida en las listas de aspirantes que cumplen con los requisitos de elegibilidad.


En contra de las determinaciones de los citados Comités y de la omisión señalada, las personas aspirantes interpusieron los recursos de inconformidad resueltos en la sesión de este día, en los cuales el Pleno de La Corte determinó lo siguiente:


Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal


  • El Recurso 6/2025 fue desechado, ante la falta de legitimación de la persona recurrente, pues no demostró haber solicitado su inscripción ante el Poder Legislativo.
  • El Recurso 1/2025 fue declarado sin materia, toda vez que, con posterioridad a la interposición del escrito inicial, la persona recurrente fue integrada en el listado complementario que emitió dicho Comité.


Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federal


  • El Recurso 8/2025, promovido contra la inclusión como aspirante a un diverso cargo al de la inscripción, fue declarado sin materia, pues la persona recurrente ya fue agregada dentro del listado de personas elegibles.
  • El Recurso 2/2025 se determinó como infundado, pues la persona recurrente omitió acreditar el requisito consistente en exhibir original o copia certificada de la credencial de elector vigente.
  • El Recurso 3/2025 fue declarado sin materia, pues la persona recurrente ya fue agregada dentro del listado de personas elegibles.
  • El Recurso 4/2025, se determinó infundado, en virtud de que el aspirante omitió presentar el documento consistente en la “carta bajo protesta”.
  • El Recurso 5/2025, fue desestimado, al no alcanzarse una mayoría de ocho votos necesaria para declararlo fundado.
  • El Recurso 9/2025 es infundado, en virtud de que la persona aspirante omitió cumplir con el requisito relativo al promedio de 9 puntos en la materia relacionada con el cargo al cual se postuló.
  • El Recurso 7/2025, fue desestimado, al no alcanzarse una mayoría de ocho votos necesaria para declararlo fundado.


Recursos de inconformidad previstos en el Acuerdo General Plenario 4/2024, números 6/2025, Jorge Mendoza Ruiz; 1/2025, Walter Yared Limón Magaña; 8/2025, Jorge Mendoza Ruiz; 2/2025, Lucila Eugenia Domínguez Narváez; 3/2025, Javier Nañez Pro; 4/2025, Antonio Rico Ibarra; 5/2025, Rosalba Izazaga Sánchez; 9/2025, Cuauhtémoc Castañeda Gorostieta; y 7/2025, Priscilla Fabiola Cavagna Cordero, promovidos en contra de los dictámenes emitidos por los Comités de Evaluación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo Federales, relativos a la elegibilidad de aspirantes a magistraturas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.


Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial




Formulario de consulta Imprimir