Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.054/2006

México, D.F. a 7 de septiembre de 2006

DECLARA SCJN INFUNDADOS RECURSOS DE RECLAMACIÓN

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó acuerdos dictados por la presidencia de este Alto Tribunal, mediante los cuales desechó, por improcedentes, las solicitudes que hicieron diversos ciudadanos para que ejerciera, con base en el párrafo tercero del artículo 97 constitucional, su facultad de investigación en torno a probables violaciones al voto público en el reciente proceso electoral.

Así lo resolvieron los ministros al declarar infundados dos recursos de reclamación presentados por diversos ciudadanos en contra de la determinación de los acuerdos de presidencia de la SCJN, dictados el 3 y 17 de agosto del presente año.

Se puntualizó que del contenido del tercer párrafo del artículo 97 constitucional, se desprende que la referida facultad de investigación fue establecida para que la SCJN la practicara de oficio, y no señala que los particulares puedan instar para ese efecto, y solicitar al Máximo Tribunal del país que ejerza dicha facultad.

Por ende, es claro que los particulares carecen de legitimación para instar o provocar que la SCJN ejerza la facultad de investigación que le confiere el tercer párrafo del artículo 97 de la Constitución Federal, pues dicha facultad está establecida para ser ejercida de oficio y no a petición de parte.


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