Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.410/2024

Ciudad de México, 2 de diciembre de 2024

INVALIDA LA CORTE DISPOSICIONES DE LEYES DE HACIENDA DE TRES MUNICIPIOS DEL ESTADO DE YUCATÁN

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte), como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas en contra de diversas disposiciones de las Leyes de Hacienda de los municipios de Conkal, Kanasín y Tixpéual, Estado de Yucatán, para el ejercicio fiscal 2024, invalidó los preceptos que preveían cobros por la expedición de documentos en copias simples y certificadas, no relacionados con el derecho de acceso a la información pública.


Lo anterior al determinar que violaban el principio de proporcionalidad tributaria, ya que la certificación de documentos es una actividad realizada por servidores públicos en ejercicio de sus funciones, por lo que no genera costos adicionales para los municipios, aunado a que no debe perseguir fines de lucro. Además, los cobros por la expedición de copias eran desproporcionados, pues no tenían una relación razonable entre el costo de los materiales y las cuotas establecidas.


La Corte exhortó al Congreso local para que, en lo futuro, se abstenga de incurrir en los mismos vicios de inconstitucionalidad. La resolución surtirá sus efectos a la notificación de los puntos resolutivos al órgano legislativo. Además, deberá efectuarse a los municipios involucrados, por ser las autoridades encargadas de la aplicación de las disposiciones invalidadas.


Acción de inconstitucionalidad 49/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de Leyes de Hacienda de municipios del Estado de Yucatán, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad del 29 de diciembre de 2023, mediante Decreto 711/2023. Ministro Javier Laynez Potisek. Secretario: Andrés González Watty.


Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial


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