Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.397/2024

Ciudad de México, a 27 de noviembre de 2024

SE ORDENA ACUMULAR JUICIOS DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS, METALÚRGICOS, SIDERÚRGICOS Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA MEXICANA EN QUE SE RECLAMÓ EL 5% DEL VALOR ACCIONARIO DE LAS EMPRESAS PARA EVITAR RESOLUCIONES CONTRADICTORIAS

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana para que la autoridad laboral competente acumule los diversos juicios laborales en los que los trabajadores reclamaron el pago del 5% del valor accionario de diversas empresas y otras prestaciones con la finalidad de que resuelva todos y cada uno de los puntos debatidos por los quejosos en una sola sentencia.


La acumulación es la pretensión de alguna de las partes o por la acción oficiosa de la autoridad por medio de la cual uno o más juicios serán resueltos en una sola sentencia, cuando existen elementos objetivos y subjetivos que así lo ameriten, para que las resoluciones no sean contradictorias.


El derecho de acceso a la justicia se integra por cuatro principios: justicia pronta, justicia completa, justicia imparcial y justicia gratuita, principios que no se oponen unos a otros, sino que se deben tomar en conjunto. Por lo anterior, la Sala concluyó que la sentencia del tribunal colegiado de circuito que consideró que no debían acumularse los juicios laborales debe modificarse para que la autoridad responsable cumpla integralmente con el derecho de justicia completa previsto en la Constitución Federal. 


Amparo directo en revisión 4190/2023. Ponente: Ministro Luis María Aguilar Morales. Resuelto en sesión de 27 de noviembre de 2024 por mayoría de cuatro votos. El Ministro Alberto Pérez Dayán votó en contra.


Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial.


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