Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.346/2024

Ciudad de México, 23 de octubre 2024

ES INVÁLIDA LA PUBLICACIÓN DE LOS DECRETOS QUE MODIFICARON DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, POR HABERSE EFECTUADO EN LA GACETA LEGISLATIVA CON EFECTOS JURÍDICOS VINCULANTES

• La publicación de los Decretos 340, 341 y 342, en la Gaceta Legislativa por parte del Congreso de Nuevo León para su entrada en vigor invadió la competencia exclusiva del Poder Ejecutivo para publicarlos en el Periódico Oficial local


La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León en contra de diversos oficios y escrito por los que se solicitó la publicación de los Decretos referidos en el Periódico Oficial local; así como en contra de su publicación en la Gaceta Legislativa el 8 de marzo de 2023 con efectos vinculantes.


Por una parte, la Sala sobreseyó la controversia respecto de los oficios y escrito reclamados, por considerar que el Titular del Poder Ejecutivo local no planteó alguna vulneración a una facultad reconocida en la Constitución Federal respecto de la emisión de éstos.


En otro aspecto, la Primera Sala declaró la invalidez de la publicación de los Decretos 340, 341 y 342 —que reforman diversos artículos de la Constitución local— en la Gaceta Legislativa del Congreso del Estado de Nuevo León de 8 de marzo de 2023, tras concluir que ese Poder invadió la facultad de publicación del Poder Ejecutivo de dicha entidad.


Lo anterior, toda vez que, de conformidad con el artículo 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, las leyes o decretos deben ser publicados en el Periódico Oficial del Estado para que adquieran vinculatoriedad y, si bien, el artículo 93 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León, establece que las publicaciones en la Gaceta Legislativa sólo tienen efectos informativos, lo cierto es que, con la publicación impugnada, el Congreso del Estado no sólo pretendió informar a la ciudadanía neoleonesa las reformas aludidas, sino dotarlas de efectos jurídicos vinculantes que sólo se generan con su publicación en el Periódico Oficial del Estado.


Así, la Sala advirtió que el Congreso local le dio a la publicación en la Gaceta Legislativa un trato distinto al que jurídicamente le corresponde, invadiendo con ello la competencia del Poder Ejecutivo estatal.


De esta manera, con el fin de evitar confusiones en su aplicación e inseguridad jurídica en la ciudadanía, la Primera Sala declaró la invalidez de la publicación controvertida, así como de cualquier consecuencia normativa emitida para dar cumplimiento a los Decretos 340, 341 y 342, en tanto que éstos, carecen de vinculatoriedad.


Controversia constitucional 262/2023. Ponente: Ministra Loretta Ortiz Ahlf. Resuelta en sesión de 23 de octubre de 2024, por unanimidad de cinco votos.


Documento con fines de divulgación. La sentencia es la única versión oficial


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