Comunicados de Prensa
No.033/2006
México, D.F. a 30 de mayo de 2006
LA CONSTITUCIÓN NO ES NI DE DERECHA NI DE IZQUIERDA: MINISTRO VALLS HERNÁNDEZ.
• Al dictar la conferencia magistral La acción de inconstitucionalidad, afirmó que la Constitución permite políticas públicas de una u otra corriente.
• Consideró que quizá sea momento de integrar al IFE como uno más de los sujetos institucionales legitimados para activar la acción de inconstitucionalidad.
La Constitución no es ni de derecha ni de izquierda, afirmó el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Sergio Armando Valls Hernández, quien dijo que la norma suprema permite políticas públicas de una u otra corriente.
Al dictar la conferencia magistral La acción de inconstitucionalidad, aclaró que ello es posible siempre y cuando se respeten los límites marcados por los derechos de las personas y las normas constitucionales de estructura, competencia y procedimiento.
En el marco del XVI Ciclo de Conferencias de Actualización Judicial 2006, Valls Hernández hizo una disertación sobre las características de la Carta Magna, durante la que sostuvo que se trata de una “norma abierta”, como la ha definido la doctrina.
“Es una norma abierta porque es un marco de coincidencias suficientemente amplio como para que dentro de él quepan opciones políticas de muy diferente signo”, planteó.
En la sede del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, dijo que los ciudadanos impulsan, a través de su voto, en un periodo de tiempo delimitado por la propia Constitución, un rumbo ideológico mediante las leyes y los programas de gobierno del partido o partidos que logran concitar el mayor número de sufragios.
El ministro Valls Hernández destacó que la Constitución contiene los consensos esenciales de los mexicanos acerca de la filosofía del ser humano, de los fines del Estado, y de cómo emana y se ejerce el poder público para beneficio del pueblo y de cómo se controla dicho poder público.
Ante integrantes del Poder Judicial del Distrito Federal, recordó que uno de los consensos esenciales contenidos en la Carta Magna es el de la democracia como proceso a través del cual unos gobiernan y otros obedecen, en tanto que la emanación y forma de ejercer el poder se diseño para proteger y potenciar la dignidad del ser humano.
Dijo que la Constitución es, en sí misma, el producto más acabado de la democracia mexicana, toda vez que es la manifestación de la soberanía del pueblo que se ha manifestado y que se ha traducido, en forma escrita, para imprimir seguridad al gobierno del hombre por el hombre.
Abundó que como medio para evitar que la democracia se descarrile, la Constitución cuenta con un sistema en el que las mayorías están sujetas a procedimientos especiales para tomar en forma reposada las decisiones políticas más importantes.
Citó como ejemplo que la Constitución, mediante su artículo 135, no admite, con sabiduría, para su reforma, instrumentos de democracia directa.
“Y digo con sabiduría porque la experiencia nazi demuestra que, paradójicamente, es a través de los instrumentos de democracia directa –que a primera vista parecieran los más democráticos- con los cuales se debilita hasta anular la capacidad de la Constitución como medio de control del poder”, recalcó.
Durante su disertación, el ministro también hizo una defensa de la acción de inconstitucionalidad como medio de control constitucional y, a contrapelo de las críticas que vierten algunos tratadistas y políticos, rechazó que ésta sea un mecanismo antidemocrático porque suplanta las decisiones de las mayorías representadas en el Congreso.
Rechazó, como apuntan los críticos de la acción de inconstitucionalidad, que ese medio de control aliente, en el marco de la jurisdicción constitucional, una delegación clandestina de decisiones políticas a los jueces o la instauración del gobierno de éstos.
“La apreciación de que el control por órgano jurisdiccional es antidemocrático por no ajustarse a los números en mayoría, es simplemente inexacta en el contexto de una democracia constitucional en donde los frenos y contrapesos contra una mayoría congresional precipitada y contingente, han sido establecidos deliberadamente”, planteó.
Se refirió también al Instituto Federal Electoral, y dijo que, una vez que está plenamente consolidada la acción de inconstitucionalidad dentro de la conciencia del pueblo de México, quizá sea momento de que el poder revisor de la Constitución se plantee si ese organismo debe integrarse como uno más de los sujetos institucionales legitimados para activar ese medio de control constitucional sobre asuntos de su competencia.
El ministro concluyó su alocución al afirmar que la SCJN, en el contexto institucional, no es competente para juzgar la inteligencia y oportunidad de las medidas adoptadas por los poderes Legislativo o Ejecutivo.
“No es competente para determinar si dichos poderes se han decidido por la solución más adecuada y justa para un problema social específico. La Suprema Corte sólo es competente para declarar conforme a la Constitución o no, los actos públicos sometidos a su consideración”, concluyó.
• Consideró que quizá sea momento de integrar al IFE como uno más de los sujetos institucionales legitimados para activar la acción de inconstitucionalidad.
La Constitución no es ni de derecha ni de izquierda, afirmó el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Sergio Armando Valls Hernández, quien dijo que la norma suprema permite políticas públicas de una u otra corriente.
Al dictar la conferencia magistral La acción de inconstitucionalidad, aclaró que ello es posible siempre y cuando se respeten los límites marcados por los derechos de las personas y las normas constitucionales de estructura, competencia y procedimiento.
En el marco del XVI Ciclo de Conferencias de Actualización Judicial 2006, Valls Hernández hizo una disertación sobre las características de la Carta Magna, durante la que sostuvo que se trata de una “norma abierta”, como la ha definido la doctrina.
“Es una norma abierta porque es un marco de coincidencias suficientemente amplio como para que dentro de él quepan opciones políticas de muy diferente signo”, planteó.
En la sede del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, dijo que los ciudadanos impulsan, a través de su voto, en un periodo de tiempo delimitado por la propia Constitución, un rumbo ideológico mediante las leyes y los programas de gobierno del partido o partidos que logran concitar el mayor número de sufragios.
El ministro Valls Hernández destacó que la Constitución contiene los consensos esenciales de los mexicanos acerca de la filosofía del ser humano, de los fines del Estado, y de cómo emana y se ejerce el poder público para beneficio del pueblo y de cómo se controla dicho poder público.
Ante integrantes del Poder Judicial del Distrito Federal, recordó que uno de los consensos esenciales contenidos en la Carta Magna es el de la democracia como proceso a través del cual unos gobiernan y otros obedecen, en tanto que la emanación y forma de ejercer el poder se diseño para proteger y potenciar la dignidad del ser humano.
Dijo que la Constitución es, en sí misma, el producto más acabado de la democracia mexicana, toda vez que es la manifestación de la soberanía del pueblo que se ha manifestado y que se ha traducido, en forma escrita, para imprimir seguridad al gobierno del hombre por el hombre.
Abundó que como medio para evitar que la democracia se descarrile, la Constitución cuenta con un sistema en el que las mayorías están sujetas a procedimientos especiales para tomar en forma reposada las decisiones políticas más importantes.
Citó como ejemplo que la Constitución, mediante su artículo 135, no admite, con sabiduría, para su reforma, instrumentos de democracia directa.
“Y digo con sabiduría porque la experiencia nazi demuestra que, paradójicamente, es a través de los instrumentos de democracia directa –que a primera vista parecieran los más democráticos- con los cuales se debilita hasta anular la capacidad de la Constitución como medio de control del poder”, recalcó.
Durante su disertación, el ministro también hizo una defensa de la acción de inconstitucionalidad como medio de control constitucional y, a contrapelo de las críticas que vierten algunos tratadistas y políticos, rechazó que ésta sea un mecanismo antidemocrático porque suplanta las decisiones de las mayorías representadas en el Congreso.
Rechazó, como apuntan los críticos de la acción de inconstitucionalidad, que ese medio de control aliente, en el marco de la jurisdicción constitucional, una delegación clandestina de decisiones políticas a los jueces o la instauración del gobierno de éstos.
“La apreciación de que el control por órgano jurisdiccional es antidemocrático por no ajustarse a los números en mayoría, es simplemente inexacta en el contexto de una democracia constitucional en donde los frenos y contrapesos contra una mayoría congresional precipitada y contingente, han sido establecidos deliberadamente”, planteó.
Se refirió también al Instituto Federal Electoral, y dijo que, una vez que está plenamente consolidada la acción de inconstitucionalidad dentro de la conciencia del pueblo de México, quizá sea momento de que el poder revisor de la Constitución se plantee si ese organismo debe integrarse como uno más de los sujetos institucionales legitimados para activar ese medio de control constitucional sobre asuntos de su competencia.
El ministro concluyó su alocución al afirmar que la SCJN, en el contexto institucional, no es competente para juzgar la inteligencia y oportunidad de las medidas adoptadas por los poderes Legislativo o Ejecutivo.
“No es competente para determinar si dichos poderes se han decidido por la solución más adecuada y justa para un problema social específico. La Suprema Corte sólo es competente para declarar conforme a la Constitución o no, los actos públicos sometidos a su consideración”, concluyó.