Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.022/2005

México, D.F. a 10 de marzo de 2005

ORDENA SCJN AL CONGRESO DE NUEVO LEÓN QUE ADECUE SUS DISPOSICIONES LEGALES EN MATERIA MUNICIPAL.



El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó hoy, por primera vez, la omisión de un órgano legislativo de cumplir con el mandato expreso de legislar, y ordenó al Congreso del Estado de Nuevo León que adecue sus disposiciones legales en materia municipal, a las reformas al artículo 115 constitucional, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999.

Al resolver la controversia constitucional 46/2002 presentada por el municipio de San Pedro Garza García, el Alto Tribunal del país la consideró procedente y fundada, toda vez que el decreto de reformas al artículo 115 de la Carta Fundamental señaló la obligación de los estados para que a más tardar en un año a partir de la entrada en vigor de dicha reforma, adecuaran sus constituciones y leyes, plazo que feneció el 21 de marzo de 2001.

Si bien el estado de Nuevo León reformó su Constitución Política dentro del plazo establecido a fin de adecuarla a las reformas a la Constitución Federal, no lo hizo con las leyes municipales.

Por tanto, determinó el Pleno de Ministros, el Congreso del Estado de Nuevo León transgrede el marco constitucional que para el ámbito municipal estableció el órgano reformador de la Constitución, esto es, contraviene por sí lo dispuesto en el artículo 115 constitucional, así como el artículo segundo transitorio del decreto por el cual fue reformado, que establecía el plazo para llevar a cabo las adecuaciones legales en los estados.

En este sentido, ordenó al Congreso local de Nuevo León que en su próximo periodo de sesiones dedique sus esfuerzos para cumplir con el mandato del poder reformador, que obliga a los estados a adecuar sus constituciones y leyes a lo dispuesto por el decreto, a más tardar en el año posterior a su entrada en vigor.


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