Comunicados de Prensa
No.016/2005
México, D.F. a 11 de febrero de 2005
NINGÚN PODER PÚBLICO, POR ENCIMA DEL OTRO: MINISTRO SILVA MEZA
• Arturo Zaldívar, académico de la Escuela Libre de Derecho, afirmó que, desde 1995, la SCJN ha construido un nuevo constitucionalismo y una nueva forma de hacer la política
• Un tribunal constitucional debe tomar en cuenta, para sus sentencias, el número de personas afectadas por ésta, entre otras, precisó Jaime Araujo Rentería, de la Corte de Colombia
La mayor garantía de que la Constitución no se convierta en una mera declaración programática, sino en una norma que obliga a todos los poderes públicos, será la existencia de un órgano jurisdiccional que hable sólo cuando se le pregunte y, que cuando esto suceda, interprete la Constitución; así ningún poder público estará por encima de otro y sí, los tres, por debajo de la Carta Magna, afirmó el ministro Juan Silva Meza.
Por ello, puntualizó, deben buscarse formas idóneas para continuar reforzando la legitimación democrática de los jueces y de los tribunales constitucionales, en razón a la paulatina fractura de muchos dogmas.
Al participar en el panel Efectos de las Sentencias de Tribunales Constitucionales, durante el último día de trabajos de la celebración de los 10 años de la Reestructuración de la SCJN, Silva Meza consideró que las sentencias de los tribunales constitucionales, o cortes supremas o salas de constitucionalidad han venido a convertirse en un elemento medular para el diseño orgánico-constitucional en los sistemas jurídicos de tradición continental en el presente momento histórico.
Refirió que, hasta antes de 1995 –cuando surge la actual Suprema Corte—, el texto constitucional fue utilizado para fines contrarios a sus valores.
Silva Meza aseguró que la transición democrática ha constituido el punto de partida para purificar tanto el texto constitucional, como el derecho secundario nacido en esa etapa, lo cual corresponde realizar a una nueva generación académica, política, administrativa y jurisdiccional.
El ministro –integrante de la Primera Sala del alto tribunal— explicó que existen tres formas mediante las cuales la Suprema Corte controla la constitucionalidad de las leyes: la controversia constitucional, la acción de inconstitucionalidad y el amparo.
En este sentido, estableció que los efectos de las sentencias presentan una importante trascendencia en el sistema jurídico cuando la ley o acto combatido se declara inconstitucional.
Por su parte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, profesor de la Escuela Libre de Derecho, consideró que, a partir de la reforma constitucional de 1994, la nueva Suprema Corte y los efectos de sus resoluciones, han venido a traer en México un nuevo constitucionalismo y una nueva forma de hacer la política.
Afirmó que la SCJN ha coadyuvado en avanzar en la cultura de legalidad, lo que ha dado lugar a significativos avances democráticos.
Lelo de Larrea precisó que el alto tribunal del país, desde hace una década, se ha enfrentado a escenarios inéditos, siendo el más relevante el que la política se ha vuelto justiciable, sin olvidar que ha establecido nuevos órdenes de reelectura de la Constitución.
En tanto, el magistrado Jaime Araujo Rentería, presidente de la Corte Constitucional de Colombia, expresó que en toda sentencia un tribunal constitucional debe tomar en cuenta: el número de personas afectadas por ésta; los tiempos del efecto de la misma; la retroactividad o no, y el concepto de cosa juzgada.