Comunicados de Prensa
No.SNC/1997
México, D.F. a 10 de noviembre de 1997
LA SUPREMA CORTE Y EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL CREAN UNA COMISIÓN CONJUNTA PARA FORTALECER LA AUTONOMÍA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
Por acuerdo del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal se creó la Comisión Conjunta para Garantizar y Fortalecer la Autonomía de los Órganos e Independencia de los Integrantes del Poder Judicial de la Federación. La Comisión iniciará sus funciones a partir del lunes 10 de noviembre y estará integrada por los ministros Mariano Azuela Güitrón y Humberto Román Palacios, así como por los consejeros Mario Melgar Adalid y Alfonso Oñate Laborde. Estará presidida por el ministro José Vicente Aguinaco Alemán, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal.
El propósito de esta Comisión será recibir de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación la información que éstos tengan sobre actos internos o externos que vulneren o tiendan a vulnerar la independencia de la función judicial. La Comisión analizará estas denuncias, realizará las investigaciones necesarias y formulará recomendaciones al pleno de la Suprema Corte de Justicia o al pleno del Consejo de la Judicatura Federal, según corresponda. Lo anterior se efectuará con independencia de los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. La Suprema Corte y el Consejo de la Judicatura analizarán las recomendaciones anteriores, emitirán las resoluciones que les competan e informarán a la Comisión aludida del trámite que corresponda.
El marco jurídico que da fundamento a esta Comisión Conjunta se encuentra en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone que las leyes federales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones. Por su parte, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación determina, en su artículo 11, que el pleno de la Suprema Corte de Justicia velará en todo momento, por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia de sus miembros; y en su artículo 68, párrafo segundo, establece que el Consejo de la Judicatura Federal velará, en todo momento, por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de sus miembros.
La Suprema Corte de Justicia y el Consejo de la Judicatura Federal reconocen que para salvaguardar la autonomía de los órganos jurisdiccionales y la independencia de sus integrantes, es preciso que ambos órganos actúen de común acuerdo. Con la creación de la Comisión Conjunta para Garantizar y Fortalecer la Autonomía de los Órganos e Independencia de los Integrantes del Poder Judicial de la Federación, el Máximo Tribunal del país y el Consejo de la Judicatura Federal refrendan su compromiso institucional y ratifican que la unidad de propósitos y finalidades ha sido el signo distintivo de la relación de colaboración entre ambos órganos.
El propósito de esta Comisión será recibir de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación la información que éstos tengan sobre actos internos o externos que vulneren o tiendan a vulnerar la independencia de la función judicial. La Comisión analizará estas denuncias, realizará las investigaciones necesarias y formulará recomendaciones al pleno de la Suprema Corte de Justicia o al pleno del Consejo de la Judicatura Federal, según corresponda. Lo anterior se efectuará con independencia de los procedimientos previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. La Suprema Corte y el Consejo de la Judicatura analizarán las recomendaciones anteriores, emitirán las resoluciones que les competan e informarán a la Comisión aludida del trámite que corresponda.
El marco jurídico que da fundamento a esta Comisión Conjunta se encuentra en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dispone que las leyes federales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones. Por su parte, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación determina, en su artículo 11, que el pleno de la Suprema Corte de Justicia velará en todo momento, por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia de sus miembros; y en su artículo 68, párrafo segundo, establece que el Consejo de la Judicatura Federal velará, en todo momento, por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de sus miembros.
La Suprema Corte de Justicia y el Consejo de la Judicatura Federal reconocen que para salvaguardar la autonomía de los órganos jurisdiccionales y la independencia de sus integrantes, es preciso que ambos órganos actúen de común acuerdo. Con la creación de la Comisión Conjunta para Garantizar y Fortalecer la Autonomía de los Órganos e Independencia de los Integrantes del Poder Judicial de la Federación, el Máximo Tribunal del país y el Consejo de la Judicatura Federal refrendan su compromiso institucional y ratifican que la unidad de propósitos y finalidades ha sido el signo distintivo de la relación de colaboración entre ambos órganos.