Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.057/2004

México, D.F. a 20 de diciembre de 2004

RECIBE SCJN MEDIOS DE DEFENSA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS





La Cámara de Diputados presentó cuatro medios de defensa en contra de la admisión y suspensión concedidas por los ministros integrantes de la Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), relacionados con la controversia constitucional promovida por el presidente de la República.

Por lo que hace a la interposición de dos recursos de reclamación, la Comisión de Receso acordó admitirlos dada su importancia y urgencia, y conforme al turno que para tal efecto se lleva en la Unidad de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad de la SCJN, corresponden a la ponencia de la ministra Olga Sánchez Cordero, para la elaboración del proyecto de resolución.



Respecto a los denominados "incidentes de nulidad de actuaciones", en los que se cuestionan las facultades de los ministros de la Comisión de Receso para proveer en los periodos de receso del Alto Tribunal, los integrantes de la misma estimaron que dada esta circunstancia y de que dichos medios de defensa no afectan el desarrollo del procedimiento, ya que no son de carácter urgente en términos de lo dispuesto en el Punto único del Acuerdo General número 1212004 de veintinueve de noviembre del año en curso, que a la letra indica: 'ÚNICO. El Ministro o Ministros comisionados para los recesos de los periodos de sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de proveer los trámites urgentes en asuntos administrativos y en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, también deberán proveerlos trámites urgentes en los asuntos jurisdiccionales a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.' lo conducente es que, el Ministro Guillermo 1. Ortiz Mayagoitia, designado como instructor en la controversia constitucional presentada por el presidente de la República, provea lo relativo a la admisión o desechamiento de dichos medios de defensa.


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