Comunicados de Prensa
No.056/2004
México, D.F. a 22 de diciembre de 2004
ADMITE COMISIÓN DE RECESO DE LA SCJN CONTROVERSIA PRESENTADA POR EL EJECUTIVO FEDERAL.
*En la demanda no se impugnan partidas presupuestales que deban ser ejercidas por el PJF, pues de lo contrario, se hubiese desechado por notoriamente improcedente
Los ministros José de Jesús Gudiño Pelayo y Sergio Salvador Aguirre Anguiano, integrantes de la Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitieron a trámite la controversia constitucional presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal, en contra de diversos actos derivados del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2005, que aprobó la Cámara de Diputados.
En el acuerdo de admisión, los ministros puntualizaron que en la demanda no se impugnan rubros presupuestarios asignados a los órganos integrantes del Poder Judicial de la Federación, puesto que de haberlo planteado así el Ejecutivo Federal, la controversia habría sido notoriamente improcedente, por lo que hace a este respecto.
Ello, toda vez que el artículo 17 constitucional estatuye como derecho fundamental, que la impartición de justicia se haga por tribunales imparciales, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siendo parte y cabeza de dicho Poder, no podría juzgar la constitucionalidad de actos cuyos efectos resienta en sí misma.
Asimismo, los ministros Gudiño Pelayo y Aguirre Anguiano concedieron la suspensión de los actos
reclamados por el titular del Poder Ejecutivo Federal y que
son derivados del presupuesto de egresos aprobado, hasta
en tanto el Alto Tribunal decida en definitiva sobre el fondo
de la controversia.
En la demanda se impugnan el acto de la Cámara de
Diputados de rechazar las observaciones que el Ejecutivo
Federal hizo al Presupuesto de Egresos de la Federación, así
como las modificaciones que dicho órgano legislativo
efectuó al proyecto que inicialmente le fue remitido por el
presidente de la República, además de diversas
consecuencias del citado presupuesto.
Los ministros integrantes de la Comisión de Receso
emplazaron a juicio a la Cámara de Diputados, para que en el
plazo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación
respectiva, rinda su contestación por escrito, en el entendido
de que deben ser tomados en cuenta todos los días restantes
del período de receso de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación.
Respecto a la suspensión concedida, se dio para el
único y exclusivo efecto de que no se realicen las
transferencias ni en consecuencia se apliquen las partidas
presupuestarias previstas en el Presupuesto de Egresos de
la Federación, hasta que se resuelva el juicio entablado.
Esta determinación se adoptó considerando que: se
trata de una porción muy específica, limitada y pequeña del
Presupuesto de Egresos; no se advierte de rubros del gasto
público cuyo ejercicio o no ejercicio pudiera afectar el
desarrollo de las funciones esenciales y ordinarias del
Estado, y dado que la sentencia que en su momento se dicte
no puede tener efectos retroactivos, debe procurarse
preservar esa materia del juicio, pues haciéndolo no se
ponen en riesgo la economía o la seguridad nacional, ni se
afectan las instituciones fundamentales del Estado, como lo
exige la ley reglamentaria en este juicio.
Y es que los rubros suspendidos representan en su
conjunto cuatro mil 195 millones de pesos, que equivalen al
0.23 por ciento del total del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2005.
Con el otorgamiento de la suspensión no se causa daño
mayor a la sociedad en relación con el beneficio que pudiera
obtener el solicitante de la medida, toda vez que no se
suspende el ejercicio del gasto público federal para el año
2005, sino únicamente la aplicación de recursos públicos a
obras, servicios y transferencias específicas, además de que
se garantiza el interés que la sociedad tiene en que las
autoridades contendientes actúen en el marco que
constitucionalmente tienen previsto.