Comunicados de Prensa
No.007/2004
México, D.F. a 10 de febrero de 2004
OTORGA LA SCJN EL ACCESO PLENO A LA INFORMACIÓN EN EL 99.77% DE LAS SOLICITUDES
El Alto Tribunal refleja su apertura y clara intención de dar información al que la solicite
* Anuncia el ministro Azuela que presentará un reglamento ante los plenos de la SCJN y del CJF para facilitar aún más el acceso a la información
Congruente con su tradición histórica de transparentar su actuación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el acceso a la información en el 99.77% de las solicitudes que le fueron presentadas en el año 2003, lo que refleja la apertura de este Alto Tribunal y su clara intención de dar información al que la solicite.
Además, con el propósito de ser más exactos en el cumplimiento no sólo de la letra sino del espíritu de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el ministro Mariano Azuela Güitrón anunció que la próxima semana someterá a la consideración de los plenos de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) un proyecto de reglamento que subsane al máximo las limitantes que dicha ley le impone a la justicia federal.
De conformidad con el artículo 7° del Acuerdo General 9/2003 de este Alto Tribunal, que establece los órganos, criterios y procedimientos institucionales para la transparencia y acceso a la información pública, la Comisión para la Transparencia y Acceso a la Información –que integran los ministros Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Juan Díaz Romero- rindió su informe de actividades correspondiente al año 2003, ante el Pleno de la Suprema Corte.
En el periodo que comprende del 12 de junio al 31 de diciembre de 2003, el máximo órgano de justicia del país recibió 5 mil 312 solicitudes de acceso a la información, de las cuales 4 mil 974 se resolvieron de inmediato.
Las restantes 338 solicitudes se tramitaron mediante el procedimiento ordinario; de éstas, tres se desecharon por no corresponder a información de la competencia de la Suprema Corte; y de las otras 335, al 31 de diciembre se habían resuelto 305.
De las 335 solicitudes tramitadas y resueltas mediante procedimiento ordinario, en 293 se otorgó el acceso total a la información solicitada; en seis se negó parcialmente; en cinco se negó en su totalidad, y en una se determinó la inexistencia de lo solicitado.
Cabe señalar que los casos en que se negó la información en su totalidad, se debió a que no se había dictado la sentencia ejecutoria, o bien, no se habían dictado las determinaciones definitivas, esto, con fundamento en lo previsto en las fracciones IV y V del artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.
En este sentido, de las 5 mil 279 solicitudes resueltas, relacionadas con la información de este Alto Tribunal, se otorgó el acceso pleno en 5 mil 267, lo que implica que en el 99.77% de esas solicitudes, la información requerida se puso a disposición de los particulares.
Por otra parte, el tiempo de respuesta en los procedimientos sumarios es inmediato, es decir, el mismo día en que los gobernados presentaron la solicitud se otorgó el acceso a la información; mientras que en los procedimientos ordinarios el tiempo de respuesta promedio fue de 10 días hábiles.
La Unidad de Enlace, a través del Módulo de Acceso, recibió y dio trámite a las 5 mil 312 solicitudes de acceso a la información e integró los expedientes relativos a las 338 que se siguieron mediante el procedimiento ordinario. Además, realizó 3 mil 140 asesorías, imprimió 54 mil 202 páginas de información solicitada, y entregó 788 disquetes, 3 mil 663 copias fotostáticas simples y 4 mil copias certificadas.
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información y las disposiciones que al efecto ha emitido la Suprema Corte, se suman al impulso que históricamente ha dado este Alto Tribunal a la transparencia judicial, como lo revela el hecho de que mensualmente publique en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, las tesis jurisprudenciales y aisladas y las sentencias más relevantes de los órganos terminales del Poder Judicial de la Federación.
Y es que con base en el Acuerdo General 9/2003, se establecieron procedimientos ágiles que permiten a los gobernados acceder de manera sencilla y expedita a la información que tiene bajo su resguardo esta Suprema Corte; incluso, se pueden consultar las sentencias ejecutorias dictadas en los expedientes relativos a los asuntos de la competencia de este Alto Tribunal, con la salvedad de que si corresponden a las materias penal o familiar, de las versiones públicas de esas resoluciones de suprimirán lo datos personales.
* Anuncia el ministro Azuela que presentará un reglamento ante los plenos de la SCJN y del CJF para facilitar aún más el acceso a la información
Congruente con su tradición histórica de transparentar su actuación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó el acceso a la información en el 99.77% de las solicitudes que le fueron presentadas en el año 2003, lo que refleja la apertura de este Alto Tribunal y su clara intención de dar información al que la solicite.
Además, con el propósito de ser más exactos en el cumplimiento no sólo de la letra sino del espíritu de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el ministro Mariano Azuela Güitrón anunció que la próxima semana someterá a la consideración de los plenos de la SCJN y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) un proyecto de reglamento que subsane al máximo las limitantes que dicha ley le impone a la justicia federal.
De conformidad con el artículo 7° del Acuerdo General 9/2003 de este Alto Tribunal, que establece los órganos, criterios y procedimientos institucionales para la transparencia y acceso a la información pública, la Comisión para la Transparencia y Acceso a la Información –que integran los ministros Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Juan Díaz Romero- rindió su informe de actividades correspondiente al año 2003, ante el Pleno de la Suprema Corte.
En el periodo que comprende del 12 de junio al 31 de diciembre de 2003, el máximo órgano de justicia del país recibió 5 mil 312 solicitudes de acceso a la información, de las cuales 4 mil 974 se resolvieron de inmediato.
Las restantes 338 solicitudes se tramitaron mediante el procedimiento ordinario; de éstas, tres se desecharon por no corresponder a información de la competencia de la Suprema Corte; y de las otras 335, al 31 de diciembre se habían resuelto 305.
De las 335 solicitudes tramitadas y resueltas mediante procedimiento ordinario, en 293 se otorgó el acceso total a la información solicitada; en seis se negó parcialmente; en cinco se negó en su totalidad, y en una se determinó la inexistencia de lo solicitado.
Cabe señalar que los casos en que se negó la información en su totalidad, se debió a que no se había dictado la sentencia ejecutoria, o bien, no se habían dictado las determinaciones definitivas, esto, con fundamento en lo previsto en las fracciones IV y V del artículo 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.
En este sentido, de las 5 mil 279 solicitudes resueltas, relacionadas con la información de este Alto Tribunal, se otorgó el acceso pleno en 5 mil 267, lo que implica que en el 99.77% de esas solicitudes, la información requerida se puso a disposición de los particulares.
Por otra parte, el tiempo de respuesta en los procedimientos sumarios es inmediato, es decir, el mismo día en que los gobernados presentaron la solicitud se otorgó el acceso a la información; mientras que en los procedimientos ordinarios el tiempo de respuesta promedio fue de 10 días hábiles.
La Unidad de Enlace, a través del Módulo de Acceso, recibió y dio trámite a las 5 mil 312 solicitudes de acceso a la información e integró los expedientes relativos a las 338 que se siguieron mediante el procedimiento ordinario. Además, realizó 3 mil 140 asesorías, imprimió 54 mil 202 páginas de información solicitada, y entregó 788 disquetes, 3 mil 663 copias fotostáticas simples y 4 mil copias certificadas.
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información y las disposiciones que al efecto ha emitido la Suprema Corte, se suman al impulso que históricamente ha dado este Alto Tribunal a la transparencia judicial, como lo revela el hecho de que mensualmente publique en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, las tesis jurisprudenciales y aisladas y las sentencias más relevantes de los órganos terminales del Poder Judicial de la Federación.
Y es que con base en el Acuerdo General 9/2003, se establecieron procedimientos ágiles que permiten a los gobernados acceder de manera sencilla y expedita a la información que tiene bajo su resguardo esta Suprema Corte; incluso, se pueden consultar las sentencias ejecutorias dictadas en los expedientes relativos a los asuntos de la competencia de este Alto Tribunal, con la salvedad de que si corresponden a las materias penal o familiar, de las versiones públicas de esas resoluciones de suprimirán lo datos personales.