Comunicados de Prensa
No.031/2003
México, D.F. a 26 de agosto de 2003
SCJN: LOS CATEOS ORDENADOS POR AUTORIDADESADMINISTRATIVAS SON INCONSTITUCIONALES
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
resolvió, por unanimidad de votos, declarar la
inconstitucionalidad de los artículos 156 y 157 del Código
Fiscal del Estado de Nuevo León, en cuanto facultan a
una autoridad administrativa para dictar órdenes de
cateo.
El Pleno de Ministros consideró que dicha
disposición viola el artículo 16 constitucional que reserva
exclusivamente a las autoridades judiciales la facultad de
ordenar cateos.
El Alto Tribunal consideró que lo anterior fue
establecido por el Constituyente con el afán de asegurar
de manera efectiva y en favor del gobernado la
inviolabilidad del domicilio, papeles y posesiones.
Lo anterior no significa, precisó la Suprema Corte,
que se coarten las facultades de las autoridades
administrativas para lograr el cumplimiento de sus
atribuciones de verificación fiscal, que el propio artículo
16 constitucional les otorga.
resolvió, por unanimidad de votos, declarar la
inconstitucionalidad de los artículos 156 y 157 del Código
Fiscal del Estado de Nuevo León, en cuanto facultan a
una autoridad administrativa para dictar órdenes de
cateo.
El Pleno de Ministros consideró que dicha
disposición viola el artículo 16 constitucional que reserva
exclusivamente a las autoridades judiciales la facultad de
ordenar cateos.
El Alto Tribunal consideró que lo anterior fue
establecido por el Constituyente con el afán de asegurar
de manera efectiva y en favor del gobernado la
inviolabilidad del domicilio, papeles y posesiones.
Lo anterior no significa, precisó la Suprema Corte,
que se coarten las facultades de las autoridades
administrativas para lograr el cumplimiento de sus
atribuciones de verificación fiscal, que el propio artículo
16 constitucional les otorga.