Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.014/2003

México, D.F. a 22 de abril de 2003

RESUELVE SCJN CONTROVERSIAS SOBRE TRANSFERENCIA DELSERVICIO PÚBLICO DE TRÁNSITO A TRES MUNICIPIOS

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

(SCJN) otorgó, a los gobernadores de los estados de México

y Michoacán, un plazo de noventa días para transferir a los

municipios de Toluca y Lerma (Estado de México) y de

Hidalgo (Michoacán), el servicio público de tránsito, con los

recursos necesarios para su prestación.

Al resolver tres controversias constitucionales, la SCJN

determinó que si bien es cierto que las solicitudes de

transferencia del servicio público de tránsito fueron

presentadas, por los municipios actores, antes de que

culminara el plazo de un año otorgado a los estados por el

Artículo Segundo Transitorio de la reforma constitucional de

1999 para adecuar sus constituciones y leyes --como

requisito previo a la transferencia del servicio público

referido--, también lo es que a la fecha de las sentencias,

tanto las constituciones como las leyes de los estados de

México y Michoacán ya fueron modificadas y, por ende, han

desaparecido los obstáculos jurídicos que adujeron como

impedimento para la transferencia solicitada.

El más Alto Tribunal reiteró que la Constitución, como

norma jurídica suprema, vincula a todos los sujetos públicos,

en especial a los poderes Legislativo y Ejecutivo estatales,

quienes deben hacer todo lo que esté a su alcance para

lograr su cumplimiento, efectivo y oportuno.Con base en lo anterior, el Pleno de la Suprema Corte

determinó que toda vez que subsisten tanto la solicitud de

transferencia, como su aprobación, por parte de los

ayuntamientos de los municipios actores, lo procedente,

conforme al artículo 115 de la Constitución Federal, es que

se les transfiera el servicio público de tránsito con los

recursos necesarios para su prestación dentro del plazo

señalado.

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