Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.049/2002

México, D.F. a 11 de julio de 2002

SUSPENDE EL CJF A MAGISTRADO, EN JALISCO

El pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) suspendió al magistrado Fernando Alonso López Murillo, quien se desempeñaba como titular del Segundo Tribunal Unitario del Tercer Circuito, con sede en Guadalajara, Jalisco, ante la probable existencia de irregularidades en diversas sentencias que emitió.

Asimismo, los consejeros de la Judicatura formularon una denuncia de hechos ante la Procuraduría General de la República, contra los funcionarios judiciales que pudieran estar relacionados en las posibles irregularidades producidas en las sentencias.



En virtud de las resoluciones, el Pleno del CJF ordenó una visita extraordinaria de inspección, practicada del 19 al 23 de abril del presente año a dicho tribunal, de la cual se advirtió la existencia de probables irregularidades constitutivas de responsabilidad administrativa, por lo que resolvió iniciar un procedimiento administrativo de responsabilidad en contra del magistrado de Circuito.

Con el fin de desahogar el procedimiento, el CJF determinó lo suspensión de López Murillo, por el tiempo que sea necesario para tal propósito.

El Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente hacer del conocimiento que, con base en los resultados obtenidos en dicha inspección, y atendiendo al segundo párrafo del artículo 94 constitucional y al artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, acordó formular denuncia de hechos ante la PGR, para que esta autoridad realice las averiguaciones que estime pertinentes.

El CJF informa que algunas de las determinaciones emitidas por el magistrado López Murillo, en las que se detectaron probables inconsistencias, se relacionan con los siguientes asuntos:

-Al revocar el auto de formal prisión dictado a Joaquín Guzmán Loera y coinculpados, por el delito de transportación de armas de fuego del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerzas Aéreas nacionales, y considerar que no se acreditaba el mismo, por lo que reclasificó los hechos al ilícito de portación de armas de fuego de uso reservado a estas instituciones, respecto del cual, finalmente, estimó prescrita la acción penal, ordenando la libertad de Guzmán Loera y coacusados, al sobreseer el proceso.

-Al revocar la sentencia apelada por Oscar Malherbe o Martín Becerra Mireles, en relación a quien consideró que no era responsable del delito contra la salud en la modalidad de transporte de marihuana en grado de tentativa.

-Al revocar la determinación de primera instancia en la que se negó a Jesús Héctor Palma Salazar, el sustitutivo de pena de prisión por multa, concediendo este beneficio y ordenando la sustitución de la sanción de dos años impuestos por el delito de acopio de armas, por el pago de una multa que ascendió a un millón 216 mil 654 pesos.

El Consejo de la Judicatura Federal, órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de tribunales y juzgados federales, así como de los funcionarios que en ellos laboran, reitera ante la sociedad su esfuerzo por garantizar una justicia federal imparcial e independiente de intereses, cualquiera que éstos sean.

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