Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.051/2005

México, D.F. a 9 de agosto de 2005

APRECIACIÓN OBJETIVA DE LOS HECHOS Y APEGO AL ORDEN JURÍDICO, TAREA DEL JUZGADOR: MINISTRO GUDIÑO PELAYO.



* En sesión solemne conjunta de los plenos de la SCJN y del CJF rinde protesta José Heriberto Pérez García como magistrado de Circuito

Un juzgador resolverá no por el capricho, la ignorancia o la ley del menor esfuerzo, sino que lo hará única y exclusivamente basándose en la apreciación objetiva de los hechos y el apego estricto al orden jurídico, afirmó el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) , José de Jesús Gudiño Pelayo.

Manifestó que la actividad que los juzgadores deben realizar para lograr su misión –hacer justicia— reviste un carácter complejo, pues intelectual en su inicio, termina en un acto de voluntad revestido con el imperio del Estado

El ministro Gudiño Pelayo expresó lo anterior, durante la sesión solemne conjunta de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), en la que José Heriberto Pérez García rindió protesta como magistrado de Circuito del Poder Judicial de la Federación.

Señaló que las cualidades que deben confluir en la persona de un juzgador no atañen tanto a su intelecto, como a su vocación, al ánimo de desarrollar virtudes judiciales, condición ética que proyecta el juzgador hacia los demás, no sólo a través de su sentencia, sino también, de manera destacada, por su comportamiento personal.

Ante ministros y consejeros de la Judicatura Federal, manifestó que la responsabilidad constriñe a jueces de Distrito y magistrados de Circuito a adecuar su conducta a parámetros que antes que intelectuales o jurídicos son éticos.

En su discurso, el ministro Gudiño Pelayo consideró que uno de los grandes peligros para la administración de justicia es “el subjetivismo justiciero del juez”, porque siempre quedará la duda de “¿justiciero para quién?” Porque en todo proceso siempre hay dos partes: una que gana y otra que pierde.

Puntualizó que es grave y trascendente la responsabilidad de todo juzgador porque le corresponde decidir, en muchos casos sin posibilidad de ulterior recurso, sobre cuestiones que afectan de manera fundamental la vida de sus semejantes, como lo son, la libertad, la estabilidad familiar y el patrimonio.

Resaltó que el dominio de la técnica jurídica constituye una garantía relativa de la objetividad y de la imparcialidad con la que se dicte sentencia, pues en ella se evidencia que la actuación del juzgador se centró en el problema planteado.

En su oportunidad, la consejera de la Judicatura Federal, María Teresa Herrera Tello aseguró que, debido a que la función del Poder Judicial de la Federación es cada día más relevante, la problemática de la sociedad se descarga en el juzgador.

“El juzgador de este milenio, ante los nuevos retos, debe transitar de la dogmática jurídica a contar con esquemas conceptuales suficientemente enriquecidos y flexibles para adaptarse rápidamente a las novedades legislativas o de política institucional como consecuencia del vertiginoso cambio de nuestro mundo globalizado”, subrayó.

Sin embargo, dijo, éste deberá mantener la actitud de juzgar desde la perspectiva del derecho y no a partir de presiones o intereses extraños a aquel.


Formulario de consulta Imprimir