Comunicados de Prensa
No.SNC/2001
México, D.F. a 26 de marzo de 2001
NECESARIO UNIFICAR LA LEGISLACIÓN PROCESAL CIVIL: MINISTRA SÁNCHEZ CORDERO
Propone crear un Código Procesal Civil Tipo para todo el país
La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Olga Sánchez Cordero, se pronunció por unificar la legislación procesal civil en México, a través de la expedición de un Código Procesal Tipo para toda la República, que sirva como referencia para la armonización jurídica de la ley procesal civil y elimine el exceso de deficiencias y elevados costos de los procesos judiciales cometidos por artilugios de los litigantes.
Una justicia eficiente, dijo, intenta resolver el cómo llevar a cabo procedimientos en forma más eficaz, más sencillos, para llegar a una sentencia en el menor tiempo posible, cumpliendo con todos los requisitos durante el proceso en forma ágil, y atender con la misma importancia las reclamaciones relativamente “menores” y, para ello, se requiere de una reforma procesal de particulares características.
Al participar en el ciclo “Temas Relevantes de la Práctica Procesal en Materia Civil y Familiar”, la ministra Sánchez Cordero precisó que una reforma judicial de esa envergadura debe tener un enfoque de servicio y atender por igual a toda la población, lo que significa que no sea una reforma ideológica.
“Debe ser un producto judicial al alcance de toda la población y, sobre todo, un producto jurídico eficaz”, asentó.
La ministra de la SCJN sostuvo que “en México la dilación se da en los procesos judiciales con gran facilidad, porque en la práctica los abogados pueden utilizar un sinnúmero de recursos, apelaciones y tácticas dilatorias con la intención de volver tortuoso el procedimiento judicial, lo que se traduce en un grado casi absoluto de desconfianza y en un casi nugatorio acceso a la justicia”.
Al respecto, apuntó que esta situación ha orillado a las partes a que, en lugar de resolver sus controversias ante un tribunal, las diriman por vías alternas, antes de llegar a un juzgador.
En cuanto a los elevados costos que representa la justicia, la ministra indicó que ello se debe a leyes y procesos deficientes que obstaculizan una justicia ágil y propician el retraso en la solución de conflictos, lo que es aprovechado por los litigantes para retrasar las resoluciones, generalmente para el cobro de más honorarios.
Sánchez Cordero consideró que un Código Procesal Civil Tipo podría generar el acceso a una buena representación legal, una mejoría en los tiempos de resolución de los procesos, nuevos métodos de solución de controversias, la unificación interpretativa y, en consecuencia, seguridad jurídica.
Además, se reduciría la multiplicidad legislativa en la materia al asumir las entidades federativas el modelo tipo de código procesal, respetando el principio federalista.
Otras ventajas, mencionó la ministra, serían la unidad de órganos y fuentes del derecho procesal, métodos más sencillos de reforma de la legislación, disminución de los problemas que genera la aplicación de la ley procesal en el espacio, mayor abundancia en estudios sobre las instituciones procesales, disminución en los costos y mejoramiento de la calidad de los procesos.
La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Olga Sánchez Cordero, se pronunció por unificar la legislación procesal civil en México, a través de la expedición de un Código Procesal Tipo para toda la República, que sirva como referencia para la armonización jurídica de la ley procesal civil y elimine el exceso de deficiencias y elevados costos de los procesos judiciales cometidos por artilugios de los litigantes.
Una justicia eficiente, dijo, intenta resolver el cómo llevar a cabo procedimientos en forma más eficaz, más sencillos, para llegar a una sentencia en el menor tiempo posible, cumpliendo con todos los requisitos durante el proceso en forma ágil, y atender con la misma importancia las reclamaciones relativamente “menores” y, para ello, se requiere de una reforma procesal de particulares características.
Al participar en el ciclo “Temas Relevantes de la Práctica Procesal en Materia Civil y Familiar”, la ministra Sánchez Cordero precisó que una reforma judicial de esa envergadura debe tener un enfoque de servicio y atender por igual a toda la población, lo que significa que no sea una reforma ideológica.
“Debe ser un producto judicial al alcance de toda la población y, sobre todo, un producto jurídico eficaz”, asentó.
La ministra de la SCJN sostuvo que “en México la dilación se da en los procesos judiciales con gran facilidad, porque en la práctica los abogados pueden utilizar un sinnúmero de recursos, apelaciones y tácticas dilatorias con la intención de volver tortuoso el procedimiento judicial, lo que se traduce en un grado casi absoluto de desconfianza y en un casi nugatorio acceso a la justicia”.
Al respecto, apuntó que esta situación ha orillado a las partes a que, en lugar de resolver sus controversias ante un tribunal, las diriman por vías alternas, antes de llegar a un juzgador.
En cuanto a los elevados costos que representa la justicia, la ministra indicó que ello se debe a leyes y procesos deficientes que obstaculizan una justicia ágil y propician el retraso en la solución de conflictos, lo que es aprovechado por los litigantes para retrasar las resoluciones, generalmente para el cobro de más honorarios.
Sánchez Cordero consideró que un Código Procesal Civil Tipo podría generar el acceso a una buena representación legal, una mejoría en los tiempos de resolución de los procesos, nuevos métodos de solución de controversias, la unificación interpretativa y, en consecuencia, seguridad jurídica.
Además, se reduciría la multiplicidad legislativa en la materia al asumir las entidades federativas el modelo tipo de código procesal, respetando el principio federalista.
Otras ventajas, mencionó la ministra, serían la unidad de órganos y fuentes del derecho procesal, métodos más sencillos de reforma de la legislación, disminución de los problemas que genera la aplicación de la ley procesal en el espacio, mayor abundancia en estudios sobre las instituciones procesales, disminución en los costos y mejoramiento de la calidad de los procesos.