Comunicados de Prensa
No.151/2001
México, D.F. a 8 de noviembre de 2001
LOS JUECES FEDERALES NO DEBEN SUBORDINARSE AL PODER POLÍTICO O ECONÓMICO: VALLS HERNÁNDEZ
El consejero de la Judicatura Federal participó en un seminario organizado por el TEPJF, en Xalapa.
En un entorno dominado por la crisis de credibilidad que sufren las instituciones, como consecuencia del rompimiento de paradigmas y de una mayor participación de la sociedad, la función del juzgador adquiere una mayor relevancia, porque le corresponde decidir las controversias surgidas entre los gobernados para que sean resueltas conforme a Derecho, afirmó el consejero de la Judicatura Federal, Sergio Valls Hernández.
Por ello, dijo, en el caso de los jueces electorales, éstos nunca deben subordinarse a ningún poder político, económico, social o religioso, y siempre deben regirse bajo los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia, porque sólo así garantizarán un sistema integral de justicia plena que otorgue certidumbre a los gobernadores y actores sociales y políticos.
Al participar en el Seminario “Etica Judicial”, organizado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en Xalapa, Veracruz, Sergio Valls precisó que el juez electoral es garantía de que las controversias surgidas entre los gobernados serán resueltas conforme a Derecho, pero también que los gobernantes han sido electos legítimamente, es decir, con base en un proceso electoral transparente y llevado conforme al mandato legal.
Señaló que el comportamiento ético del juez electoral es el origen de la confianza política básica que debe darse entre los miembros de una sociedad para unir acciones y decisiones en una dirección de índole nacional. “La ética judicial no es una simple receta de cocina, ni un moderno manual de Carreño”.
El consejero de la Judicatura Federal consideró que si normalmente la responsabilidad de un juez es alta porque sus fallos trazan caminos, inciden en destinos, resarcen perjuicios, sancionan ilícitos, disciplinan comportamientos, reparan daños, restituyen bienes y encauzan senderos; el actuar del juzgador electoral implica, además, garantizar que la transmisión del poder social se lleve a cabo en forma institucionalizada y de que se renueve el consenso en torno al pacto constitucional.
Dijo que el comportamiento de los jueces, en especial aquellos que conocen de la materia electoral, debe dirigirse a preservar en todo momento el equilibrio de poderes, y eso se logra mediante el apego estricto a la Constitución y a la Ley.
“La justicia, en general, y particularmente la electoral, debe tener como contenido axiológico la vigencia del Estado de Derecho, que es sinónimo de observancia inobjetable a las leyes, tanto por autoridades como por gobernados”, puntualizó Valls Hernández.
Manifestó que hacer prevalecer las leyes electorales en la actualidad, no sólo implica “imperium” coercitivo de las mismas, sino el fundamento de la confianza social y la legitimación indispensable para que la comunidad acepte un gobierno.
Esa garantía, subrayó, se hace efectiva cuando el juez está investido de ética al resolver las controversias; cuando condiciona su actuar al compromiso de la conservación del Estado de Derecho democrático y, especialmente, cuando estos factores se conjugan para consolidar la eficacia y la confiabilidad de las elecciones como única vía legítima de acceso al poder.
Sergio Valls se refirió a la reforma constitucional electoral de 1993, que se consolidó con la de 1996, en donde se engrandeció la figura del juez al otorgarle la doble facultad de, por un lado, interpretar las leyes electorales, y por otro, vigilar que los procesos electorales se desarrollen dentro del Estado de Derecho.
“El comportamiento ético del juez electoral es el origen de la confianza política básica que debe darse entre los miembros de una sociedad para unir acciones y decisiones en una dirección de índole nacional”, precisó.
En un entorno dominado por la crisis de credibilidad que sufren las instituciones, como consecuencia del rompimiento de paradigmas y de una mayor participación de la sociedad, la función del juzgador adquiere una mayor relevancia, porque le corresponde decidir las controversias surgidas entre los gobernados para que sean resueltas conforme a Derecho, afirmó el consejero de la Judicatura Federal, Sergio Valls Hernández.
Por ello, dijo, en el caso de los jueces electorales, éstos nunca deben subordinarse a ningún poder político, económico, social o religioso, y siempre deben regirse bajo los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia, porque sólo así garantizarán un sistema integral de justicia plena que otorgue certidumbre a los gobernadores y actores sociales y políticos.
Al participar en el Seminario “Etica Judicial”, organizado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en Xalapa, Veracruz, Sergio Valls precisó que el juez electoral es garantía de que las controversias surgidas entre los gobernados serán resueltas conforme a Derecho, pero también que los gobernantes han sido electos legítimamente, es decir, con base en un proceso electoral transparente y llevado conforme al mandato legal.
Señaló que el comportamiento ético del juez electoral es el origen de la confianza política básica que debe darse entre los miembros de una sociedad para unir acciones y decisiones en una dirección de índole nacional. “La ética judicial no es una simple receta de cocina, ni un moderno manual de Carreño”.
El consejero de la Judicatura Federal consideró que si normalmente la responsabilidad de un juez es alta porque sus fallos trazan caminos, inciden en destinos, resarcen perjuicios, sancionan ilícitos, disciplinan comportamientos, reparan daños, restituyen bienes y encauzan senderos; el actuar del juzgador electoral implica, además, garantizar que la transmisión del poder social se lleve a cabo en forma institucionalizada y de que se renueve el consenso en torno al pacto constitucional.
Dijo que el comportamiento de los jueces, en especial aquellos que conocen de la materia electoral, debe dirigirse a preservar en todo momento el equilibrio de poderes, y eso se logra mediante el apego estricto a la Constitución y a la Ley.
“La justicia, en general, y particularmente la electoral, debe tener como contenido axiológico la vigencia del Estado de Derecho, que es sinónimo de observancia inobjetable a las leyes, tanto por autoridades como por gobernados”, puntualizó Valls Hernández.
Manifestó que hacer prevalecer las leyes electorales en la actualidad, no sólo implica “imperium” coercitivo de las mismas, sino el fundamento de la confianza social y la legitimación indispensable para que la comunidad acepte un gobierno.
Esa garantía, subrayó, se hace efectiva cuando el juez está investido de ética al resolver las controversias; cuando condiciona su actuar al compromiso de la conservación del Estado de Derecho democrático y, especialmente, cuando estos factores se conjugan para consolidar la eficacia y la confiabilidad de las elecciones como única vía legítima de acceso al poder.
Sergio Valls se refirió a la reforma constitucional electoral de 1993, que se consolidó con la de 1996, en donde se engrandeció la figura del juez al otorgarle la doble facultad de, por un lado, interpretar las leyes electorales, y por otro, vigilar que los procesos electorales se desarrollen dentro del Estado de Derecho.
“El comportamiento ético del juez electoral es el origen de la confianza política básica que debe darse entre los miembros de una sociedad para unir acciones y decisiones en una dirección de índole nacional”, precisó.