Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.126/2001

México, D.F. a 10 de septiembre de 2001

MINISTROS DE LA CORTE RECIBEN A COMISIÓN DE LA ONU CONTRA LA TORTURA

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), encabezados por su presidente, Genaro David Góngora Pimentel, recibieron hoy a una comisión de expertos del Comité contra la Tortura de Naciones Unidas.

En la reunión, el vicepresidente del Comité, Alejandro González Poblete, planteó inquietudes en torno a posibles actos de tortura que se registran en México durante los procesos de detención de personas, para la obtención de confesiones.

Al respecto, los ministros de la SCJN manifestaron que en el ámbito de competencia de los jueces federales, la confesión, por sí sola, carece de todo valor probatorio, lo que desalienta su obtención por medio de la tortura.



“No podrá consignarse a ninguna persona si existe como prueba única la confesión. La policía judicial podrá rendir informes, pero no obtener confesiones, si lo hacen éstas carecerán de todo valor probatorio”, afirmó el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.

Dijo que lo anterior está establecido en el artículo 287 del Código Federal de Procedimientos Penales que señala, además, “…que la confesión sea hecha ante el ministerio público o tribunal de la causa, con la asistencia de su defensor o persona de su confianza y que el inculpado esté debidamente informado del procedimiento y proceso”.

En este sentido, el director del Instituto Federal de Defensoría Pública, César Esquinca Muñoa, destacó que en el ámbito de la justicia federal, en todas las agencias del Ministerio Público Federal existen, cuando menos, un defensor público federal que asiste a los presuntos inculpados desde la averiguación previa hasta la consignación.

Por ello, enfatizó, si una confesión se obtiene sin la presencia del defensor público, ésta no tiene validez.



El presidente de la SCJN, Genaro Góngora Pimentel, subrayó que la defensa de las personas con escasos recursos económicos requiere de abogados capaces, y los jueces que se desempeñan en el ámbito federal, puntualizó, son gente muy experimentada, que permanentemente es capacitada en la Escuela Judicial del Poder Judicial de la Federación.

Góngora Pimentel dijo que el Poder Judicial Federal está abierto a recibir en su Escuela Judicial a abogados de las ONG’s que se han dado a la tarea de defender a inculpados, para que tomen cursos de amparo.

Por su parte, el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo señaló que en México, el juez únicamente puede examinar lo que está en el expediente, y no tiene medios de investigación propios, por ende, está sujeto a lo que las partes aporten en el proceso.

En tanto, el ministro Humberto Román Palacios manifestó que el juez no puede investigar la tortura, pero sí está facultado para examinar la declaración de un inculpado y conocer cómo se obtuvo ésta.

Si el ministerio público federal obtiene una confesión mediante la tortura y ejerce la acción penal contra el inculpado, el juez no le dará ningún valor, aseveró.

Alejandro González Bernabé, secretario Ejecutivo de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), estableció que no son exactas las afirmaciones de que los jueces federales niegan la libertad provisional a los inculpados. Aclaró que si éstas no se conceden, es debido a que la legislación mexicana establece la diferencia entre delitos graves y no graves.

Sin embargo, informó que la SCJN ya entregó al Congreso de la Unión un proyecto de Ley de Amparo, en el que se otorga la facultad discrecional a los jueces para conceder o no la libertad provisional de los inculpados en delitos considerados como graves.

Alejandro González Poblete, vicepresidente del Comité contra la Tortura de Naciones Unidas, estuvo acompañado por Ole Vedel Rasmussen, Carmen Rosas Ruedas y Mercedes Morales.

A la reunión también asistió la ministra Olga María del Carmen Sánchez Cordero.

Formulario de consulta Imprimir