Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.SNC/2000

México, D.F. a 18 de septiembre de 2000

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ADOPTÓ MEDIDAS PARA ACERCAR LA JUSTICIA A LOS CIUDADANOS

 Los Tribunales Colegiados de Circuito tendrán que resolver sobre la inconstitucionalidad de leyes locales.

 Los asuntos se resolverán con mayor cercanía de las personas que acudan a los tribunales, para que éstas no tengan que viajar a la ciudad de México para tramitarlos ante la Suprema Corte de Justicia. La medida permitirá, al mismo tiempo, desconcentrar la carga de trabajo de la Suprema Corte de Justicia y contribuirá a abatir rezagos.

Mediante el Acuerdo 10/2000, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los Tribunales Colegiados de Circuito y no el Máximo Tribunal conocerán de los asuntos en que se alegue la inconstitucionalidad de una ley local.

Considerando que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en detrimento de su función esencial, que es concentrarse en asuntos de constitucionalidad de trascendencia e importancia como sucede en las Supremas Cortes de otras naciones ha destinado parte significativa de su tiempo en ocuparse de cuestiones que pueden ser resueltas con agilidad y absoluto profesionalismo por otros órganos jurisdiccionales, se decidió que aquellos asuntos en los que se impugnan leyes locales —que excepcionalmente trascienden de manera significativa en el orden jurídico nacional— sean resueltos por los Tribunales Colegiados de Circuito.

Estos Tribunales tienen sólida experiencia en la resolución de amparos que requieren el estudio de la constitucionalidad de leyes. Además, el Consejo de la Judicatura Federal ha incrementado constante y substancialmente el número de los Tribunales Colegiados de Circuito para enfrentar de inmediato las cargas de trabajo. Es importante subrayar que los asuntos se resolverán con mayor cercanía de quienes acudan a los tribunales, pues no tendrán que viajar a la ciudad de México para tramitarlos ante la Suprema Corte de Justicia. ‘Así se logra una justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como manda el artículo 17 constitucional,’ precisa el Acuerdo. Esta medida contribuirá a la consolidación de la Suprema Corte como Tribunal Constitucional y permitirá abatir rezagos.

Cabe añadir que si el Máximo Tribunal estima que alguno de esos asuntos deba ser resuelto por esta Suprema Corte, podrá ejercer su facultad de atracción y, con ello, continuará ejerciendo su labor de unificar la interpretación constitucional de las leyes.

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