Comunicados de Prensa
No.SNC/2000
México, D.F. a 5 de junio de 2000
EL PODER JUDICIAL FEDERAL ES IMPERMEABLE A TODA INFLUENCIA O LÍNEA DE ACTUAR: MINISTRO SERGIO SALVADOR AGUIRRE ANGUIANO
El Poder Judicial es el más desconocido de los Poderes de la Unión
El Poder Judicial está lejos de ser un Poder absolutamente jerarquizado, como lo es el Ejecutivo Federal. Aquí no cabe la influencia: el ministro de la Corte no puede decirle al magistrado ni al juez cómo han de resolver, ni el magistrado a su vez puede decírselo al juez
Al comentar el libro de Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, La acción Constitucional de amparo en México y España, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, afirmó que el Poder Judicial Federal es ‘el más desconocido de los Poderes de la Unión. El Poder Judicial está lejos de ser un Poder absolutamente jerarquizado, como lo es el Ejecutivo Federal’.
El ministro Aguirre Anguiano explicó que ‘el Poder Judicial es un poder relativamente disociado, que no obedece otra jerarquía que las que surgen de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, en su caso, de los Tribunales Colegiados de Circuito. La función del Poder Judicial Federal de decir el derecho es, por esencia, personalísima. Aquí no cabe la influencia: el Ministro de la Corte no puede decirle al Magistrado ni al Juez cómo han de resolver, ni el Magistrado a su vez puede decírselo al Juez. Existe una disociación porque así lo quiere la Constitución, lo determina y lo desarrolla la ley. Es, en consecuencia, un Poder no jerarquizado en cuanto su función de Poder, depositada en sus órganos’.
El ministro expresó que ‘por el contrario de lo que sucede normalmente en el Ejecutivo y en el Legislativo, la ley reprueba, a título de delito, cualquier intromisión en el actuar jurisdiccional que no sea desde luego el alegato de parte’. Así, el Poder Judicial ‘es impermeable a toda influencia o línea de actuar. Solamente la ley y la convicción permean el fallo’.
Durante la presentación del libro de Ferrer Mac-Gregor Poisot, que se llevó al cabo en el Instituto de la Judicatura Federal, Aguirre Anguiano afirmó que ‘con independencia de la diferencia de peculiaridades de la jurisdicción y de la competencia que existen entre México y España, que están claramente expuestos en La acción Constitucional de amparo en México y España, resulta relevante que las instituciones procesales de la jurisdicción y de la competencia cumplen, tanto en nuestro país como en la Madre Patria, una doble función jurídica. La primera, el constituir presupuestos fundamentales para el ejercicio de la acción constitucional de amparo y para la obtención de la sentencia deseada, y la segunda, el significar las piedras angulares sobre las que se edifica la independencia interna del Poder Judicial Federal, en virtud de esa disociación a que se ha hecho referencia’.
En la presentación del libro participaron, también, el magistrado Julio Cesar Vázquez Mellado, director del Instituto de la Judicatura Federal; Héctor Fix Zamudio, investigador emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y Cipriano Gómez Lara, académico y autor de varios libros.
El Poder Judicial está lejos de ser un Poder absolutamente jerarquizado, como lo es el Ejecutivo Federal. Aquí no cabe la influencia: el ministro de la Corte no puede decirle al magistrado ni al juez cómo han de resolver, ni el magistrado a su vez puede decírselo al juez
Al comentar el libro de Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, La acción Constitucional de amparo en México y España, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, afirmó que el Poder Judicial Federal es ‘el más desconocido de los Poderes de la Unión. El Poder Judicial está lejos de ser un Poder absolutamente jerarquizado, como lo es el Ejecutivo Federal’.
El ministro Aguirre Anguiano explicó que ‘el Poder Judicial es un poder relativamente disociado, que no obedece otra jerarquía que las que surgen de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, en su caso, de los Tribunales Colegiados de Circuito. La función del Poder Judicial Federal de decir el derecho es, por esencia, personalísima. Aquí no cabe la influencia: el Ministro de la Corte no puede decirle al Magistrado ni al Juez cómo han de resolver, ni el Magistrado a su vez puede decírselo al Juez. Existe una disociación porque así lo quiere la Constitución, lo determina y lo desarrolla la ley. Es, en consecuencia, un Poder no jerarquizado en cuanto su función de Poder, depositada en sus órganos’.
El ministro expresó que ‘por el contrario de lo que sucede normalmente en el Ejecutivo y en el Legislativo, la ley reprueba, a título de delito, cualquier intromisión en el actuar jurisdiccional que no sea desde luego el alegato de parte’. Así, el Poder Judicial ‘es impermeable a toda influencia o línea de actuar. Solamente la ley y la convicción permean el fallo’.
Durante la presentación del libro de Ferrer Mac-Gregor Poisot, que se llevó al cabo en el Instituto de la Judicatura Federal, Aguirre Anguiano afirmó que ‘con independencia de la diferencia de peculiaridades de la jurisdicción y de la competencia que existen entre México y España, que están claramente expuestos en La acción Constitucional de amparo en México y España, resulta relevante que las instituciones procesales de la jurisdicción y de la competencia cumplen, tanto en nuestro país como en la Madre Patria, una doble función jurídica. La primera, el constituir presupuestos fundamentales para el ejercicio de la acción constitucional de amparo y para la obtención de la sentencia deseada, y la segunda, el significar las piedras angulares sobre las que se edifica la independencia interna del Poder Judicial Federal, en virtud de esa disociación a que se ha hecho referencia’.
En la presentación del libro participaron, también, el magistrado Julio Cesar Vázquez Mellado, director del Instituto de la Judicatura Federal; Héctor Fix Zamudio, investigador emérito del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y Cipriano Gómez Lara, académico y autor de varios libros.