Suprema Corte de Justicia

Comunicados de Prensa

No.SNC/2000

México, D.F. a 14 de enero de 2000

SE OFRECIERON LAS PRUEBAS Y ALEGATOS DE LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 26/99, PROMOVIDA POR LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN CONTRA EL EJECUTIVO FEDERAL Y OTRAS AUTORIDADES

Con esta diligencia concluyó la instrucción del procedimiento en términos de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La ministra Olga María del Cármen Sánchez Cordero de García Villegas elaborará el proyecto de resolución que, en su oportunidad, someterá a la consideración del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 Durante 45 minutos comparecieron representantes de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, del Ejecutivo Federal, del Secretario de Gobernación, del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Procurador General de la República

El día de hoy se celebró la audiencia de ofrecimiento y desahogo de pruebas y alegatos de la controversia constitucional 26/99. La audiencia inició a las 10:00 horas y tuvo una duración de 45 minutos.

Como se informó en su oportunidad, la demanda fue presentada el 9 de septiembre de 1999 y fue promovida por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en contra del Presidente de la República, el Secretario de Gobernación, el Secretario de Hacienda y Crédito Público y el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

La controversia de suscitó en virtud de que la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión reclama a las autoridades demandadas ‘la omisión por parte del Ejecutivo Federal de coadyuvar con el H. Congreso de la Unión, para el efecto de que instruyera a las autoridades que le son jerárquicamente subordinadas de entregar a Michael W. Mackey, por conducto del Despacho Galas, Gómez Morfín, Chavero y Yamasaki, S.C., la información que se le requirió sobre operaciones fiduciarias realizadas en la institución de Crédito Banco Unión, S.A., con motivo de las auditorías realizadas al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (FOBAPROA).’

La audiencia fue presidida por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Olga María del Carmen Sánchez Cordero de García Villegas, instructora designada para conocer del presente asunto, y participó en ella el Secretario Auxiliar de Acuerdos que dio fe de la diligencia. Por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión comparecieron Pedro Miguel Angel Garita Alonso, Roberto Sánchez Sánchez y Everardo Martín Vázquez Serrano. Por parte del Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, quien actúa en representación del Presidente de la República, asistieron Ismael Reyes Retana Tello y Daniel González Dávila. Por parte del Secretario de Gobernación, compareció Alberto Alcántara Martínez. Por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, Carlos Romero Aranda. Por el presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Juan Pedro Zamora Sánchez. Por último, por el Procurador General de la República asistieron Rubén Francisco Pérez Sánchez, Armando Fernández Rocha e Iván de Jesús Montelongo Zúñiga.

En la audiencia se tuvieron por ofrecidas y desahogadas las pruebas de las partes y se agregaron sus respectivos escritos de alegatos. Así, se cerró la instrucción del procedimiento y se puso el expediente que consta, a la fecha, de 717 hojas en estado de resolución. En consecuencia, según lo dispone la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece el procedimiento a seguir en estos juicios la ministra instructora Olga María del Carmen Sánchez Cordero de García Villegas elaborará el proyecto de resolución, para lo cual la ley no establece un plazo determinado. En su oportunidad, la ministra Sánchez Cordero lo someterá a la consideración de los ministros integrantes del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual, finalmente, votará el proyecto y emitirá la sentencia respectiva.

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